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Nota de prensa
Valencia 20 de febrero de 2009
Nuevo incumplimiento de la Conselleria de Sanidad.
CESM-CV tenía razón en Julio de 2008, los residentes no incluidos en
la Bolsa de trabajo publicada a pesar de la Mesa donde se decidió
dicho acuerdo.
CESM-CV protesta ante la Conselleria de Sanidad y y espera conseguir
de la Conselleria, que se incluyan los residentes que terminaron en
junio del año 2008, con unas nuevas instrucciones que palien el
problema denunciado en Julio y reiteradamente pedido por CESM-CV.
La
lista de Bolsa sale sin los residentes que terminaron el año pasado.
CESM-CV ha intervenido con la Conselleria de Sanidad
para solucionar el problema y la Conselleria realizará unas nuevas
instrucciones y ordenes para que se cuente el tiempo trabajado hasta
marzo del año 2008 a dichos residentes y por lo tanto puedan
incluirse en bolsa.
La orden como vemos en la adenda (el
problema esta remarcado) establecía que solo se podía
cuantificar el tiempo hasta marzo y por eso CESM-CV insistió en su
momento que era necesario cambiar dicha orden y dar instrucciones de
nueva interpretación, no se nos hizo caso y ahora la lista no
incluye, como prometió el Conseller en El Mundo, a los residentes.
CESM-CV, sindicato médico, insiste en la
necesidad de una Bolsa para médicos que este abierta
continuamente, mensualmente por lo menos para que los médicos se
puedan apuntar en cualquier momento. Es indispensable ante la falta
de especialistas que se tenga una bolsa abierta de estos
profesionales, no es comprensible que exista una bolsa mensual de
informáticos en la Conselelria de Sanidad y no de médicos.
SECRETARIA
DE COMUNICACIÓN DE CESM-CV
ADENDA
RESOLUCIÓN de 19
de junio de 2008, del
director general de recursos humanos de la
Conselleria de Sanidad, por la que se abre
plazo extraordinario de inscripci6n de nuevos
aspirantes en las Listas de empleo temporal de
instituciones sanitarias, en las categorías de
facultativo especialista y matrona.
De conformidad con 10 dispuesto en la Orden de la
Conselleria de
Sanidad, de 27 de mayo de 2004, por la que se regula
el procedimiento para la
cobertura temporal de plazas del personal al que Ie
resulta de aplicaci6n el
Decreto 71/1989, de 15 de mayo, mediante resoluci6n
de 25 de abril de 2008
se abri6 el plazo de inscripci6n de nuevos aspirantes
y de actualizaci6n de
meritos de candidatos ya inscritos en las Listas de
empleo temporal de
instituciones sanitarias, quedando establecido dicho
plazo del 2 al 31 de mayo
de 2008.
Actualmente existen profesionales cuyos programas de
formaci6n
sanitaria especializada mediante el sistema de
residencia finalizan en fechas
posteriores al 31 de mayo, y por tanto no tuvieron
posibilidad de inscribirse en
las listas de empleo temporal en el mencionado plazo.
Teniendo en cuenta que
se trata de categorías en las que actualmente existen
dificultades para proveer
puestos ante el déficit de profesionales que venimos
padeciendo, se hace
aconsejable adoptar medidas que contribuyan en 10
posible a aumentar el
numero de candidatos disponibles en las Listas de
empleo temporal.
EI articulo 5.3 de la Orden de la Conselleria de
Sanidad, de 27 de mayo
de 2004, prevé la posibilidad de que la Comisi6n
Central de seguimiento
acuerde la apertura de periodos excepcionales, tanto
para nuevas
inscripciones como para la actualizaci6n de meritos,
Los citados acuerdos
serán publicados en la pagina web de la Conselleria
de Sanidad y en los
tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales
de Sanidad y Gerencia de
AlcoL
Por todo ello, visto el Acuerdo de la Comisi6n
Central de Seguimiento,
de 2 de junio de 2008, y después de haber side
negociado en la Mesa Sectorial
de Sanidad, de acuerdo con 10 previsto en los
artículos 31 y siguientes de la
Ley 7/2007,
de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Publico, en virtud
de las facultades delegadas por el art. 3.1.a) de la
Resoluci6n de 18 de enero
de 2006, del director gerente de la Agencia
Valenciana de Salud, por la que se
delegan competencias en materia de personal,
RESUELVO
Abrir un plazo extraordinario para la inscripci6n de
nuevos aspirantes en
las Listas de empleo temporal de instituciones
sanitarias, en las categorías de
facultativo especialista y matrona, desde la fecha de
publicaci6n de esta
resoluci6n hasta el 31 de julio de 2008.
Se establece como fecha limite para los meritos
a baremar en este
periodo de inscripci6n el 31 de marzo de 2008.
Contra la presente resoluci6n, que agota la via
administrativa, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses a
contar desde el dla siguiente al de la publicaci6n de
esta resoluci6n, ante el
Juzgado de 10 Contencioso-Administrativo que
corresponda, según dispone el
art. 109 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en
relaci6n con los arts. 8.1.a), 25 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicci6n
Contencioso-Administrativa, y potestativamente
recurso de reposici6n, en el plazo de un mes, de
conformidad con los artículos
116
y 117 de la referida Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Valencia, 19 de junio de 2008
EL
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
José Cano Pascual
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