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DISPOSICIONES GENERALES
1. PRESIDENCIA Y CONSELLERIAS DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Conselleria de Sanidad
ORDEN de 7 de enero de 2004, de la Conselleria de Sanidad, de
modificación de la composición de la Comisión de Actualización del Mapa
Farmacéutico de la Comunidad Valenciana. [2004/X1399]
ORDEN de 3 de febrero de 2004, de la Conselleria de Sanidad, por la que
se modifican la Orden de 29 de abril de 2002, de la
Conselleria de Sanidad, por la que se crea la
Comisión de Evaluación del Plan de Humanización de la
Atención Sanitaria, y la Orden de 4 de diciembre de 2002, de la
Conselleria de Sanidad, por la que se nombran los
integrantes de la Comisión de Evaluación del Plan
de Humanización de la Atención Sanitaria. [2004/X1443]
ORDEN de 15 de enero 2004, del conseller de Sanidad, que modifica
la Orden de 4 de febrero de 1999, por la que se dictan normas para la
organización y gestión en materia de formación continuada de las
profesiones sanitarias.[2004/X1448]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4691
Fecha DOGV: 13.02.2004
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: B) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Apartado: 1. ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2004, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se inicia la fase de provisión del proceso
extraordinario de consolidación de empleo para la selección y
provisión de plazas de facultativo especialista de
área de Cirugía Pediátrica en las instituciones
sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
[2004/X1159]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4691
Fecha DOGV: 13.02.2004
Sección: I. DISPOSICIONES GENERALES
Apartado: 1. PRESIDENCIA Y CONSELLERIAS DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
ORDEN de 29 de enero de 2004, de la Conselleria de Sanidad, por la que
se regula el Plan Oncológico de la Comunidad
Valenciana. [2004/X1348]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4691
Fecha DOGV: 13.02.2004
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: B) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Apartado: 4. UNIVERSIDADES
Origen inserción: Universitat de València
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2004, del Rectorado de la Universitat de
València, por la cual se convocan concursos para la provisión de
plazas de profesores asociados con plaza
asistencial en los centros sanitarios concertados
con la universidad para el curso 2003-2004. [2004/X987]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4691
Fecha DOGV: 13.02.2004
Sección: III. CONVENIOS Y ACTOS
Subsección: G) OTROS ASUNTOS
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2004, del director general de Farmacia y
Productos Sanitarios, por la que se inicia el procedimiento de
adjudicación de autorizaciones de apertura de
nuevas oficinas de farmacia. [2004/X1356]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4688
Fecha DOGV: 10.02.2004
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: B) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Apartado: 1. ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2004 de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se inicia la fase de provisión del proceso
extraordinario de consolidación de empleo para la selección y
provisión de plazas de facultativo especialista de
área de Cirugía Torácica en las Instituciones
Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
[2004/X1161]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4688
Fecha DOGV: 10.02.2004
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: B) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Apartado: 1. ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2004 de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se inicia la fase de provisión del proceso
extraordinario de consolidación de empleo para la selección y
provisión de plazas de facultativo especialista de
área de Radiofísica Hospitalaria en las
Instituciones Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
[2004/X1164]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4688
Fecha DOGV: 10.02.2004
segunda fase de la OPE
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: B) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Apartado: 1. ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2004 de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se inicia la fase de provisión del proceso
extraordinario de consolidación de empleo para la selección y
provisión de plazas de facultativo especialista de
área de Cirugía Maxilofacial en las Instituciones
Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
[2004/X1162]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4688
Fecha DOGV: 10.02.2004
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: B) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Apartado: 1. ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2004 de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se inicia la fase de provisión del proceso
extraordinario de consolidación de empleo para la selección y
provisión de plazas de facultativo especialista de
área de Medicina Nuclear en las Instituciones
Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
[2004/X1163]
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4682
Fecha DOGV: 02.02.2004
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: B) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Apartado: 1. ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2003, del director general de Recursos
Humanos de la Conselleria de Sanidad por la que se convoca concurso
para la provisión de diversas Jefaturas de Servicio
y de Sección asistenciales en diferentes hospitales
dependientes de la Conselleria de Sanidad. [2004/X873]
DOGV núm. 4.682.
Lunes, 02 de febrero de 2004
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
b) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO,
OPOSICIONES Y CONCURSOS
1. Administración territorial de la Generalitat Valenciana
Conselleria de Sanidad
RESOLUCION de 1 de diciembre de 2003, del director
general de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanidad por la que se
convoca concurso para la provisión de diversas Jefaturas de Servicio y de
Sección asistenciales en diferentes hospitales dependientes de la
Conselleria de Sanidad. [2004/X873]
Dada la necesidad de cubrir las plazas de jefe del
Servicio y de Sección de diferentes hospitales dependientes de la
Conselleria de Sanidad; de conformidad con lo establecido en el capítulo V
del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell de la Generalitat, por el
cual se aprueba el Reglamento de Selección y Provisión de Plazas de
Personal Estatutario al Servicio de Instituciones sanitarias de la
Generalitat Valenciana.
En virtud de las competencias que me han sido atribuidas
por el artículo ocho del Decreto 116/2003, de 11 de julio, del Consell de
la Generalitat por el que se aprueba el reglamento Orgánico y funcional de
la Conselleria de Sanidad, resuelvo:
Convocar concurso para la provisión de las plazas de jefe de Servicio y
Sección de carácter asistencial relacionadas en el Anexo IV, de acuerdo
con las bases que se publican en el anexo I de esta resolución.
Valencia, 1 de diciembre de 2003.– El director general
de Recursos Humanos: José Cano Pascual.
ANEXO I
Bases de la convocatoria
1. Características generales
1.1. El régimen jurídico de la plaza objeto de la
convocatoria es el establecido en el Estatuto Jurídico de Personal Médico,
aprobado por Decreto 3.160/1966, de 23 de diciembre, y demás disposiciones
legales dictadas en desarrollo del citado estatuto.
El facultativo que resulte adjudicatario de plaza en
esta convocatoria podrá optar por los complementos específicos previstos
en la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión
Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat
Valenciana.
1.2. La plaza convocada queda vinculada orgánicamente al
hospital respectivo y funcionalmente al área a la que está adscrito el
hospital.
1.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 32
del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell de la Generalitat, por el
cual se aprueba el Reglamento de Selección y Provisión de Plazas de
Personal Estatutario al Servicio de Instituciones Sanitarias de la
Generalitat Valenciana, el aspirante seleccionado obtendrá un nombramiento
temporal para el puesto que estará sujeto a evaluaciones cuatrianuales a
efectos de su continuidad en el puesto.
1.4. El proceso de selección estará basado en la
valoración del curriculum profesional de los aspirantes y en un proyecto
técnico relacionado con la gestión de la unidad asistencial.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1
Podrán participar en esta convocatoria los facultativos con nombramiento
de personal estatutario fijo que ostente plaza en la especialidad a la que
se concurse en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, así
como los facultativos con nombramiento de funcionario de carrera, o
laboral fijo, que presten servicios en hospitales de titularidad pública
con programa acreditado para la docencia por la Comisión Nacional de la
correspondiente especialidad.
2.2 Requisitos exigidos.
a) Poseer la nacionalidad española o de cualquier otro
estado miembro de la Unión Europea, así como de aquellos estados a los
que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Unión Europea, u ostentar derecho conforme a lo
previsto en el Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
b) Poseer la titulación correspondiente.
Encontrarse en posesión del título de licenciado o
doctor en Medicina y Cirugía y poseer el correspondiente título de médico
especialista, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente
nombramiento.
d) Tener cumplidos dieciocho años
y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración
Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni hallarse
inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas,
ni en su caso, para la correspondiente profesión.
f)
En el caso de nacionales de otros Estados
mencionados en el párrafo a), no encontrarse inhabilitado por sanción o
pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o
servicios públicos de un estado miembro de la Unión Europea o Espacio
Económico europeo, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de
algunas de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años
anteriores a la convocatoria.
2.3 Acreditación de requisitos.
Los
requisitos deberán cumplirse el último día de plazo legal de presentación
de solicitudes, y mantenerse hasta la toma de posesión.
3. Solicitudes
3.1
Los que deseen participar en el concurso deberán aportar la oportuna
solicitud de acuerdo con el modelo que figura como anexo II a esta
convocatoria, y se presentarán en las unidades de registro de las
direcciones territoriales de la Conselleria de Sanidad en Alicante (c/
Girona, núm. 26. CP 03001); Castellón de la Plana (pl. Huerto Sogueros,
núm. 12. CP 12001) y Valencia (Gran Vía Fernando el Católico, núm. 74. CP
46008) y Gerencia de Área de Alcoy (País Valencià, núm. 33. CP 03801); o
mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, haciendo constar de forma expresa y concreta la
plaza a la que se desea optar.
3.2 Las solicitudes dirigidas al director general de
Recursos Humanos se presentarán en el plazo de un mes contado a partir de
la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana.
3.3 La consignación de datos falsos en la instancia o en
la documentación aportada por los aspirantes supondrá la pérdida de plaza
además de las medidas legales que corresponda aplicar.
3.4
El domicilio que figure en las instancias se considerará el válido a
efectos de notificación, y serán responsabilidad exclusiva del concursante
los errores en la consignación del mismo y la comunicación a la
Conselleria de Sanidad de cualquier cambio de domicilio.
4. Documentos que es necesario aportar junto con la
instancia
Junto con la instancia, los concursantes deberán aportar
los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de
identidad.
b) Fotocopia compulsada del título de la especialidad.
c) Currículum profesional donde consten los méritos
valorables, de conformidad con el baremo establecido en el anexo III de la
convocatoria, y documentación acreditativa de los mismos.
La acreditación de los méritos valorables según baremo
deben efectuarse en documento original o fotocopia compulsada.
Con relación a los trabajos y publicaciones científicas
se podrá aportar fotocopia siempre que se especifique la reseña de la
publicación o certificación acreditativa del centro o institución
organizadora, en caso de que se trate de aportaciones a reuniones
científicas que no hayan sido publicadas.
El tribunal podrá requerir a los interesados para
cualquier tipo de aclaración que sobre la documentación presentada
planteasen, y éstos estarán obligados a facilitársela.
En caso de que el requerimiento no sea atendido no se
valorará el mérito correspondiente.
El tribunal sólo podrá valorar o solicitar aclaraciones
sobre méritos alegados por los concursantes junto con la instancia.
d) Proyecto técnico relacionado con la gestión de la
unidad asistencial a la que opta.
(Solo para el Hospital La Fe: El Hospital universitario
La Fe ha adoptado para su funcionamiento nuevo modelo organizativo
previsto en la ley 2/2003 de 6 de febrero, de la Generalitat, de
Ordenación sanitaria de la Comunidad Valenciana, publicada en el DOGV de
14 de febrero de 2003, por lo tanto el proyecto solicitado deberá tener en
cuenta el contenido de los artículos 41, 42, y 45 de dicha Ley.)
5. Admisión de solicitudes
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
director general de Recursos Humanos publicará en el tablón de anuncios de
los servicios centrales de la Conselleria de Sanidad, en la calle de Micer
Mascó, número 31, 46010 Valencia, la lista provisional de concursantes
admitidos y excluidos, con expresión, en el último caso, de las causas de
exclusión.
De conformidad con lo que prevé el artículo 71 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, si la instancia no cumple los requisitos o falta
alguno de los documentos de la base cuarta se requerirá al interesado para
que, en un plazo de 10 días, corrija la falta. Las reclamaciones contra la
lista provisional de admitidos y excluidos se presentarán ante el director
general de Recursos Humanos en el plazo de 10 días.
Las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la
resolución que apruebe la lista definitiva, que se publicará de idéntica
forma que la provisional.
Contra la resolución que apruebe la lista definitiva se
podrán interponer los recursos que se especifican en la base 10 de la
presente convocatoria.
6. Comisión de Valoración
La Comisión de Valoración, que será nombrada por el
director general de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanidad tendrá
la siguiente composición:
Presidente/a: cargo directivo de la Conselleria de
Sanidad, competente en el ámbito de la Asistencia Especializada o persona
en quien delegue.
Vocales:
– director/a del Hospital o director/a Médico del que
dependa la plaza convocada.
– Un/a director/a Médico de un Hospital acreditado por
la docencia de la especialidad convocada.
– Un facultativo especialista de Área en representación
de la Comisión Nacional de la especialidad de que se trate.
– Un facultativo especialista de área en representación
de la Sociedad Científica de la especialidad de que se trate. En el caso
de que concurra más de una Sociedad Científica, se establecerá un sorteo
público para designar el correspondiente Vocal y su suplente.
– Dos Vocales propuestos por las organizaciones
sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
Secretario/a: será un/a Inspector /a Médico dependiente
de la Conselleria de Sanidad.
Cada miembro de la comisión de valoración tendrá
nombrado su correspondiente suplente de acuerdo con el mecanismo
establecido para elegir Vocal.
La relación nominal de sus miembros será publicada en el
tablón de anuncios de los servicios centrales de la Conselleria de Sanidad
junto a la lista provisional de admitidos y excluidos.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias la
Comisión de valoración tendrá su sede en los servicios centrales de la
Conselleria de Sanidad, calle Micer Mascó, número 31, 46010 Valencia.
7. Desarrollo del concurso
El concurso constará de dos fases. Cada una de las fases
será valorada con un máximo de 15 puntos. La Comisión de Valoración fijará
previamente a la realización del concurso la puntuación mínima necesaria
para superarlo.
7.1.En la primera fase serán valorados los méritos
aportados por el aspirante según lo expresado en el baremo que consta en
el anexo III.
7.2.La segunda fase consistirá en la exposición pública
ante la Comisión de Valoración de un proyecto técnico relacionado con la
gestión de la unidad asistencial de que se trate, teniendo una duración
máxima de 60 minutos.
El aspirante presentará, en el momento de la exposición,
para acompañar a la misma, toda la documentación que estime conveniente.
La Comisión de Valoración podrá, terminada la
exposición, pedirle al aspirante tantas aclaraciones como estime oportuno.
Cada miembro de la Comisión expondrá públicamente la
puntuación otorgada a cada aspirante.
La calificación final de cada aspirante vendrá
determinada por la media aritmética de las calificaciones otorgadas a cada
participante por cada miembro de la Comisión de valoración.
La fecha, hora y lugar de celebración de la fase de
exposición pública serán publicados por la Comisión de Valoración, como
mínimo, con 15 días naturales de antelación, en el tablón de anuncios de
la Conselleria de Sanidad.
8. Resolución del concurso
8.1 La Comisión de Valoración no podrá dejar sin cubrir
la plaza convocada si los aspirantes reunieran los requisitos contemplados
en esta convocatoria y, superen los mínimos previamente establecidos por
la citada Comisión.
8.2 El resultado final de la convocatoria se expondrá en
el tablón de anuncios de la Conselleria de Sanidad y de sus direcciones
territoriales, así como a efectos meramente informativos en la dirección
de internet de la Conselleria de Sanidad:
http://www.san.gva.es
8.3 En el supuesto de que un adjudicatario renuncie a la
plaza, ésta se adjudicará al siguiente en derecho, y sólo será necesaria
la certificación de la Comisión de valoración.
8.4 Por la Comisión de Valoración se elevará al director
general de Recursos Humanos la correspondiente propuesta de adjudicación
de la plaza objeto de la convocatoria, que tendrá carácter vinculante,
excepto cuando no se hayan cumplido los requisitos formales y de
procedimiento establecidos.
8.5 El director general de Recursos Humanos dictará
resolución designando al facultativo propuesto por la Comisión de
Valoración, que será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana.
8.6
En caso de que en un facultativo seleccionado no concurran los requisitos
exigidos en la convocatoria, el director general de Recursos Humanos
dictará resolución motivada en la que se declarará la pérdida de los
derechos de la plaza de que se trate. La mencionada resolución podrá ser
impugnada en la forma establecida en la base 10.
9. Nombramiento y toma de posesión
El director general de Recursos Humanos publicará la
adjudicación definitiva de la plaza en el Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana.
El facultativo seleccionado dispondrá de un plazo de un
mes a partir del siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de
la Generalitat Valenciana, para efectuar la toma de posesión, que se
realizará en la dirección del centro.
La toma de posesión quedará condicionada a la
presentación en la institución de la siguiente documentación:
reconocimiento médico que acredite la aptitud psicofísica efectuado por
los servicios médicos del centro.
Cuando el facultativo que obtenga plaza, haya estado
ejerciendo otra en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social en
diferente provincia o comunidad autónoma, la unidad administrativa de
destino recabará de la de origen el traslado del expediente del
facultativo.
El facultativo que haya sido nombrado en un puesto de
Jefe de servicio de acuerdo con el sistema que establece esta convocatoria
tendrá reservada su plaza en propiedad como facultativo especialista.
10. Contra la presente convocatoria, sus bases, y
cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución podrán ser
impugnados por los interesados mediante la interposición del recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses, contados a partir
del día siguiente al de la publicación del acto recurrido, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 109 y 110 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común; así como en los artículos 14 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa
Administrativa, y potestativamente podrá interponerse recurso de
reposición en el plazo de un mes de conformidad con los artículos 116 y
117 de la referida ley 30/92, sin perjuicio de que utilice cualquier otro
recurso que para su derecho estime conveniente.
III
FORMACIÓN ACADÉMICA
La puntuación máxima por el apartado de formación
académica es de 1,5 puntos
1. Por cada matrícula de honor o sobresaliente durante
los estudios de licenciatura: 0,05puntos
Por cada notable : 0,025puntos
No deben valorarse las asignaturas de religión, idiomas,
ética, formación política y educación física.
(Puntuación máxima:0,8 puntos).
2. Grado de doctor: 0,6 puntos
Grado de doctor cum laude: 0,7 puntos
FORMACIÓN ESPECIALIZADA
La puntuación máxima por el apartado de formación
especializada es de 4,5 puntos
3.a) Titulados superiores que hayan cumplido el periodo
completo de formación como residente en la especialidad de que se trata
(Certificado MIR): 3 puntos
b) Habiendo superado convocatoria nacional para optar a
plazas MIR y no haya completado el programa. Por cada año completo en la
especialidad de que se trata: 0,6 puntos
c) Titulados superiores que hayan cumplido el periodo
completo de formación como residentes en centro extranjero con programa
reconocido de docencia para postgraduados en la especialidad de que se
trata, y con título convalidado por el Ministerio de Educación y Ciencia:
3 puntos
d) Por formación como especialista en centros
acreditados para la docencia, en la especialidad de que se trata, por un
mínimo de dos años: 1,5 puntos
(Los apartados a, b, c, d son excluyentes entre si)
4. Por asistencia a cursos superiores, diplomas o
masters impartidos por centros universitarios, Servicios de Salud o
Consejerias de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio de Sanidad y
Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas, Instituto Valenciano de
Administración Pública o equivalentes, Escuela Valenciana de Estudios para
la Salud así como las Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de
los organismos citados; cursos de formación continua y continuada así como
los cursos impartidos por centros acreditados para la docencia y cuenten
con el reconocimiento del organismo competente en materia de educación o
sanidad de la correspondiente administración pública, que serán valorados
del siguiente modo:
– Por asistencia a cursos de una duración entre 40 horas
y 100 horas lectivas. Por cada curso: 0,05puntos
Puntuación máxima :0,30
– Por asistencia a cursos o diplomas de más de 100 horas
lectivas. Por cada curso : 0,10puntos
Puntuación máxima: 0,50
– Por asistencia a Master. Por cada Master: 0,20puntos
Puntuación máxima: 1 punto
Todo ello habrá de estar relacionado con las funciones
correspondientes a las plazas convocadas.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
La puntuación global en el apartado de experiencia
profesional no podrá de exceder de 6,75 puntos
5.Por cada mes de servicios prestados en propiedad en la
especialidad de que se trata en servicios jerarquizados de instituciones
sanitarias de la Seguridad Social o en instituciones con programa
acreditado para la docencia por la Comisión Nacional de que se trata, o en
instituciones sanitarias de país extranjero realizadas en virtud de
convenio o acuerdos de asistencia sanitaria con dicho país cuyo desempeño
haya sido expresamente autorizado al facultativo en cuestión por el
Ministerio de Sanidad y Consumo: 0,05puntos
6.Por cada mes de servicios prestados en propiedad en
servicios no jerarquizados de la Seguridad Social en la especialidad de
que se trata: 0,05puntos
7.Por cada mes de servicios prestados como interino,
contratado o eventual en los servicios jerarquizados de las instituciones
sanitarias de la Seguridad Social en la especialidad de que se trata:
0,05puntos
8.Por cada mes de servicios prestados como interino,
contratado o eventual en los servicios no jerarquizados de las
instituciones sanitarias de la Seguridad Social en la especialidad de que
se trata: 0,05puntos
(La suma de los apartados 5,6,7,8, no podrá exceder de 5
puntos).
9. Por servicios prestados en puestos de carácter
directivo en centros sanitarios públicos. Así como por servicios prestados
en el Ministerio de Sanidad y Consumo, Conselleria de Sanidad, INSALUD,
Consejerías de Salud y Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas,
desempeñando puestos como alto cargo o de libre designación; puestos
incluidos en las relaciones de puestos de trabajo o plantillas de dichos
organismos, así como puestos dependientes de dichos organismos con
funciones de inspección de servicios sanitarios.
Por cada mes: 0,05puntos
10. Por cada período de 4 años de servicios prestados en
propiedad o con nombramiento provisional en servicios jerarquizados
dependientes de la administración pública o en instituciones del sistema
nacional de salud en la especialidad de que se trata:
a) como jefe de Sección: 0,6 puntos
b) como jefe de Servicio: 1 punto
La suma de los apartados 9 y 10 no podrá exceder de 3
puntos.
Otras actividades
La suma de los apartados 11 y 12 no podrá exceder de 1,5
puntos.
11. Profesor asociado en ciencias de salud en hospitales
con convenio específico con universidad y con programa de docencia
pregraduada, por cada curso académico completo, y, hasta un máximo de 0,5
puntos: 0,1 puntos
12.Por trabajos científicos y de investigación
publicados en libros o revistas de reconocido prestigio en el ámbito
sanitario de la respectiva especialidad a la que se concursa, apreciados
por el Tribunal, hasta un máximo de 1 punto.
Conocimientos de valenciano
13. El conocimiento de valenciano se valorará hasta un
máximo de 0,75 puntos cuando se acredite estar en posesión del
correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta
Qualificadora de Coneixements de Valencià:
1. Conocimiento de grado oral: 0,20puntos
2. Conocimiento de grado elemental: 0,40puntos
3. Conocimiento de grado medio: 0,60puntos
4. Conocimiento de grado superior: 0,75 puntos
No se valorará el certificado imprescindible para la
consecución de otro de nivel superior que se alegue como mérito.
ANEXO IV
Hospital General de Alicante:
Jefe de Servicio de Neurocirugía
Jefe de Servicio de Cirugía General
Hospital Virgen de los Lirios:
Jefe de Servicio de Obstetricia/Ginecología
Jefe de Servicio de Radiodiagnóstico
Hospital de la Plana:
Jefe de Servicio de Obstetricia/Ginecología
Jefe de Servicio de Pediatría
Hospital de Vinaròs:
Jefe de Servicio Anestesia/Reanimación
Hospital Universitario la Fe:
Jefe de Servicio de Traumatología y Cirugía Ortopédica
Jefe de Servicio de Oncología
Jefe de Servicio de Cardiología
Jefe de Servicio de Cirugía plástica
Jefe de Sección de Dermatología
Hospital Doctor Peset:
Jefe de Servicio de Medicina Interna
Jefe de Servicio de Anatomía Patológica
Hospital Clínico Sant Joan:
Jefe de Servicio de Medicina Interna
DISPOSICIÓN
Número DOGV: 4678
Fecha DOGV: 27.01.2004
Sección: II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Subsección: E) OTROS ASUNTOS
Origen inserción: Conselleria de Sanidad
Título inserción:
ACUERDO de 23 de enero de 2004, del Consell de la Generalitat, por el
que se dispone la aprobación y publicación de la
tabla retributiva del personal de los equipos de
Atención Primaria dependientes de la Conselleria de
Sanidad. [2004/F681]
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