Actualizada 

01-07-2025

Carrera profesional

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Decreto de Carrera Profesional

Publicación del Decreto de Carrera Profesional

Decreto 81/2020 de carrera profesional. El Decreto  regula la carrera profesional para el personal estatutario fijo y el interino.

También se ha publicado el Decreto 83/2020 de carrera profesional para Salud Publica.

Entrada en vigor: 15 de septiembre de 2020. Se puede solicitar ya la incorporación a la carrera profesional

Carrera profesional para estatutarios fijos e interinos

Carrera profesional para Salud Pública

Encuadramiento inicial

  • Tengo 5 años o más de servicios prestados y no he solicitado la carrera. SOLICÍTALA YA . Los servicios prestados en las concesiones, también cuentan. Se cobrará desde el momento de pedirla, sin cobro de atrasos. Tienes que tener 5 años de servicios prestados y alcanzar la puntuación para el grado de que se trate. Son necesarios un mínimo de 50 puntos para acceder al grado 1, que se consiguen solamente cumpliendo los objetivos de productividad.
  • ¿Cuenta el tiempo trabajado en las Concesiones (Manises, Alzira, Torrevieja, Denia?: SI, ese tiempo trabajado cuenta para la carrera profesional. También cuenta el trabajo en instituciones públicas europeas o en instituciones públicas.
  • ¿Cuenta el tiempo trabajado en otra categoría profesional, por ejemplo, enfermería? SI, con unos coeficientes de equivalencia. Por ejemplo, al médico que antes fue enfermero, se le computará ese periodo en un 65% como servicio prestado para su carrera como facultativo.
  • ¿Cuenta el tiempo trabajado como MIR para la carrera profesional para interinos? El periodo trabajado como MIR sí que lo van a contar como tiempo trabajado y con todos los objetivos cumplidos. Es decir, suma 10 puntos por cada año de MIR.
      • Quien aporte una residencia de 5 años podrá pedir el encuadramiento inicial en el Grado 1 en cuanto se le adjudique un nombramiento temporal y comience a ejercer como estatutario (hay que tener 50 puntos para el grado 1, que se consiguen solo con los 5 años de MIR).
      • Con un MIR de 4 años y 1 año de adjunto, puedes pedir el grado 1.
      • Con un MIR de 3 años y 2 años de adjunto, puedes pedir el grado 1.
  • ¿Qué documentación tengo que presentar para solicitar la carrera de interinos? Sólo tienes que presentar el formulario que tienes más abajo.
    • ¿Dónde presento la solicitud? En cualquier registro de entrada: en personal del hospital, en la Consellería, etc.
  • ¿Tengo que estar un mínimo de años para progresar de grado después de mi encuadramiento inicial? NO. Por ejemplo, una persona con 9 años de servicios prestados (incluido el MIR) accedería al Grado 1 pero debería tener ya 4 años acumulados en este grado y solicitaría el paso al Grado 2 transcurrido un año. Es decir NO NECESITARÍA CUMPLIR 5 AÑOS EN EL GRADO 1 PARA PASAR AL GRADO 2. Pero eso SÓLO en este supuesto de acceso inicial.

Formularios de solicitud

Formulario de solicitud

Instrucciones para presentar las solicitudes (fijos e interinos)

Se rellena original y se presenta original y copia por registro de entrada del tu Departamento.

La copia sellada te la quedas, es el justificante de haber presentado la solicitud.

El documento es un poco engorroso, así que para facilitaros su cumplimentación, te incluimos cómo se debe rellenar:

APARTADO B.  DATOS PROFESIONALES

  1. Profesión sanitaria:  MÉDICO
  2. Grupo, subgrupo: A1
  3. Categoría / Cuerpo / Escala: FACULTATIVO ESPECIALISTA EN…; MÉDICO DE EAP, PEDIATRA DE EAP, MÉDICO DE URGENCIAS, etc.
  4. Relación jurídica: ESTATUTARIO
  5. Situación administrativa: ACTIVO.
  6. Puesto que ocupa (indique nº de puesto): Lo tenéis en cualquier nómina.

Para la Progresión de Grado

Para cambiar de Grado es necesario haber prestado servicio en el sistema de Salud en el Grado anterior durante :

  • Grado 2 al menos 5 años en el grado 1
  • Grado 3 al menos 6 años en el grado 2
  • Grado 4 al menos 6 años en el grado 3

Acceso abreviado para los grados 3 y 4 . Se puede reducir el tiempo de permanencia para pasar a los grados 3 o 4 obteniendo entre 75 y 90 créditos. ( articulo 17 ) En ningún caso el tiempo de permanencia podrá ser inferior a 5 años .

¿Qué cursos me valen para progresar ? Los cursos para pasar de grado sólo valdrán si los has realizado en los 6 años anteriores.

PREGUNTAS FRECUENTES 

CONTACTA CON LA ASESORIA JURIDICA INMEDIATAMENTE. Se debe presentar (si se está en plazo, que es de un mes desde que firmaste el recibí de la resolución administrativa en que te deniegan la carrera) un recurso de reposición, que se resolverá favorablemente si reúnes los requisitos.

 No tienes que hacer nada, te contestarán de forma estimatoria (aceptando tu solicitud). Se cobrará desde el momento en el que hiciste la solicitud.

El periodo trabajado como MIR sí que lo van a contar como tiempo trabajado. Es decir que el que tenga 4 años de MIR y 2 de interino accederá al grado 1, así que debéis solicitar la inclusión en la carrera profesional para interinos.

NO. El que acceda ahora, por ejemplo, al grado 1 porque tenga 9 años trabajados, cuando pase 1 año más debe pedir la progresión al grado 2. No tiene que estar un mínimo de años en ese grado para pasar al grado 2.

Más información

Si necesitas información personalizada, no dudes en ponerte en contacto con tu delegado sindical o con nuestras sedes.

Baremo de méritos

El baremo de merito de méritos vigente, según la Consellería, se encuentra publicado en el DOGV.

El Decreto de Carrera especifica las áreas de evaluación:

  • Actividad asistencial. Se valorará la experiencia, el esfuerzo personal y la calidad asistencial. Se considera que ha cumplido con los objetivos asistenciales si ha devengado alguna cantidad en concepto de productividad variable.
  • Adquisición de conocimientos (cursos recibidos). Se valorará la asistencia a actividades de formación continua y continuada relacionadas con el ejercicio profesional, siempre que estén acreditadas oficialmente. Para su valoración se tendrá en cuenta, la asistencia a cursos, doctorado, aprendizaje de nuevas técnicas, etc. siempre y cuando incida positivamente en una formación  acreditada.
  • Docencia e investigación. Se considerará la participación en programas de formación continuada acreditada, participación como personal colaborador en trabajos de investigación y publicaciones científicas, singularmente en las líneas priorizadas por la Conselleria competente en sanidad y la contribución a los programas de actualización y formación profesional en el ámbito de su área de conocimiento.
  • Compromiso con la organización. Se valorará la participación voluntaria en programas de mejora de la calidad asistencial, participación en comisiones clínicas, grupos de personas expertas, equipos de investigación, grupos de calidad y acreditación, ejercicio de puestos directivos o de coordinación y supervisión y, en general, el desarrollo de actividades que contribuyan de forma efectiva a la mejora de la asistencia sanitaria.

SOLO con la actividad asistencial NO se puede progresar a todos los grados

Por eso te recomendamos que, junto con la solicitud, presentes tus méritos.

Puedes consultar aquí el baremo de méritos , que según la Conselleria, son aplicables a cualquier solicitud.