SERVICIOS MÍNIMOS
* Los servicios mínimos deben ser determinados por cada gerencia y comunicados por los jefes de servicio/coordinadores a cada uno de los médicos.
* La comunicación de quién está de mínimos debe hacerse por los jefes de servicio/coordinadores previamente al día de la huelga usando la vía reglamentaria de comunicación que se utilice en el Centro/ Servicio.
* Si NO estás de servicios mínimos puedes realizar huelga, y no tienes que comunicar tu adhesión.
* La realización de huelga no requiere comunicación y no puede suponer sanción ni responsabilidad del médico que decide ejercer su derecho constitucional a la huelga siempre que no este de mínimos.
* Ante cualquier amenaza o anuncio de represalias, debes ponerte en contacto urgente con tu delegado sindical para tramitar la denuncia pertinente.
* La asesoría jurídica de CESM-CV denunciará cualquier obstrucción a vuestro derecho de huelga mediante la interposición de las acciones legales.
📍PERSONAL EN PRORROGA DE JUBILACIÓN
Por un problema de cotizaciones a la seguridad social, participar en la Jornada de Huelga puede poner en riesgo el 4% adicional de pensión por perder la continuidad en los 365 días que exige el INSS para este incremento.
Si bien entendemos que al ser la HUELGA un DERECHO FUNDAMENTAL y hay muchas sentencias favorables, para evitar juicios posteriores recomendamos que en este caso NO se secunde la huelga.
🖊️`Os remitimos Acta de Incidencias para ser rellenada en caso necesario.`
