El Sindicato Médico CESMCV interpuso DEMANDA EN EJERCICIO DE LA TUTELA POR VULNERACIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA HUELGA, contra la Resolución de 28 de noviembre de 2025 de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se establecieron LOS SERVICIOS MÍNIMOS ESENCIALES CON OCASIÓN DE HUELGA CONVOCADA PARA LOS DÍAS 9 A 12 DE DICIEMBRE DE 2025.
Además interpusimos solicitud de MEDIDA CAUTELAR de suspensión de los servicios mínimos al considerar que eran absolutamente de proporcionados y abusivos, y por Auto de 10/12/2025 el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha desestimado la medida cautelar de suspensión de los servicios mínimos, reconociendo la especial urgencia del caso pero rechazando la adopción de medidas cautelares de suspensión de los servicios mínimos.
En la actualidad estamos pendientes de la resolución del procedimiento de vulneración de derechos fundamentales interpuesto por considerar vulnerado el derecho fundamental a la huelga de todos los médicos de la Comunidad Valenciana. Continuaremos la defensa jurídica del colectivo médico pese a la decisión del TSJCV en esta fase cautelar, CESM anuncia que mantendrá el procedimiento judicial hasta el final, con el objetivo de que se declare la vulneración del derecho de huelga y se establezcan criterios claros y respetuosos con los principios constitucionales en futuras convocatorias.