El Juzgado de lo Social Nº 1 de Benidorm ha dado la razón al Sindicato Médico de la C. Valenciana CESM-CV y ha sentenciado condenar a la Conselleria de Sanitat a indemnizar a los médicos por la desprotección a la que fueron sometidos durante la primera oleada de la pandemia por Covid-19

Desde el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV manifiestamos de nuevo nuestra satisfacción por el reconocimiento del Juzgado de lo Social nº 1 de Benidorm del incumplimiento por parte de la Conselleria de Sanitat de sus obligaciones de proporcionar elementos de protección a sus trabajadores y del grave riesgo que ha supuesto esta actitud negligente para la salud, integridad y seguridad de los mismos.

El juzgado condena a la Administración sanitaria a adoptar las medidas evaluación y riesgo de los puestos de trabajo.

También la condena a la adopción de medidas protección y a indemnización a los trabajadores por el daño y perjuicio causado a sus trabajadores durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020.

Sentencia demoledora

La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana tiene la obligación, en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, frente a sus trabajadores, de adoptar medidas y medios de protección tanto colectivos como individuales, habiendo infringido dicha obligación desde el conocimiento que se tenía de la existencia de una pandemia de COVID-19 y, especialmente, desde la declaración del estado de alarma, acordado por RD 463/20 de 14 de marzo de 2020.

  • El incumplimiento de las medidas de prevención individual ha significado un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios, especialmente para el personal facultativo, por su exposición directa al riesgo de contagio que ha significado.
  • Los facultativos sanitarios enumerados en el hecho probado segundo de la sentencia tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales por la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana.

Condena

  1.  A la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana a la adopción inexcusable de las medidas de protección, previa evaluación de los riesgos y puestos de trabajo por los servicios de prevención correspondientes.
  2. A dotar a los profesionales de los medios de transporte y protección individual en la atención domiciliaria sea en jornada ordinaria o en atención continuada.
  3. A dotar al personal de los equipos de protección compuestos, al menos, por soluciones hidroalcohólicas, batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de protección, calzas específicas, guantes y contenedores grandes de residuos.
  4. Condeno a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana a abonar a cada uno de los trabajadores enumerados en el hecho probado tercero de la sentencia y de forma respectiva, las cuantías de:

 

  • 2.000,00 € para cada uno de los trabajadores encuadrados en el grupo primero.
  • 3.000,00 € para cada uno de los trabajadores encuadrados en el grupo segundo.
  • 4.000,00 € para cada uno de los trabajadores en cuadrados en el grupo tercero.
  • 6.000,00 € para cada uno de los trabajadores encuadrados en el grupo cuarto.

Equipo Jurídico de CESM-CV estudia recurrir la sentencia ante el TSJ de la C. Valenciana para que las cantidades a indemnizar se ajusten a lo reclamado en la demanda y conforme acordó en la anterior sentencia el Juzgado de lo Social número 5 de Alicante.

Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana

CESM-CV

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Ya son dos sentencias gandas. Y todavía faltan por salir los fallos de varios tribunales más en Valencia y Castellón.

A pesar de que la Consellería recurra las sentencias, desde el Sindicato Médico pensamos que no les va a resultar sencillo anularlas, sobre todo si provienen ya de dos juzgados distintos en los que se ha probado la falta de medios de protección adecuados.

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