
Tras la reunión de Asesorías Jurídicas de CESM, y ante las numerosas consultas respecto de la reclamación de las guardias en las pagas extraordinarias, INFORMAMOS:
✔ NO se puede reclamar el abono de las guardias en las pagas extras
✔ El Estatuto Marco regula en su artículo 42.1 los conceptos retributivos que se abonan en las pagas extras, NO incluyendo las guardias.
✔ Las sentencias que han llevado a algunos sindicatos a dar publicidad a dicha reclamación no son novedosas, NO hacen referencia a las guardias en las pagas extras sino a otros conceptos retributivos en IT y vacaciones.
✔ NO existe norma que permita en estos momentos, reclamar el abono de las guardias en las pagas extras.
Por ello recomendamos a nuestros afiliados que NO presenten reclamación ya que NO existe fundamento jurídico, y su desestimación en vía judicial conllevará condena en costas (de 500€ a 800€).
Para cualquier aclaración, póngase en contacto con la asesoría jurídica.
Alicante: asesoria.juridica.alicante@gmail.com
Castellón: administracion@sindicatomedicocastellon.org
Valencia: asesoria.cesmcv@gmail.com