En relación con la resolución por la que se establecen servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga durante los días 16 a 20 de febrero, 16 a 20 de marzo, 27 a 30 de abril, 18 a 22 de mayo y 15 a 19 de junio de 2026 desde el SINDICATO MÉDICO CESMCV.
INFORMAMOS:
Tras un análisis jurídico y comparativo, consideramos que los servicios mínimos fijados son desproporcionados y restrictivos, al aproximarse en varios ámbitos a niveles cercanos al funcionamiento ordinario del servicio, con la consiguiente intención de vaciar de contenido el derecho fundamental a la huelga reconocido constitucionalmente, que solo puede limitarse en la estricta medida necesaria para garantizar los servicios esenciales a la comunidad.
Se imponen, entre otros, porcentajes del 75% de jornada habitual en ámbitos amplios (p.ej., salas de hospitalización, farmacia hospitalaria, unidad de hospitalización a domicilio, consultas externas y gabinetes técnicos, centros de especialidades y centros de transfusión), así como 75% en servicios centrales de laboratorio y diagnóstico por imagen, manteniendo además “jornada habitual” del 100% en múltiples unidades asistenciales.
Por todo lo anterior, el SINDICATO MÉDICO CESMCV va a presentar inmediatamente recurso frente a la resolución de servicios mínimos de febrero de 2026 y, simultáneamente, va a solicitar la adopción de MEDIDA CAUTELAR PARA SU SUSPENSIÓN, a fin de evitar que la aplicación inmediata de unos mínimos que son excesivos produzca un perjuicio irreparable o de muy difícil reparación durante los días de huelga.
El Conseller de Sanidad de la Comunidad Valenciana hace la “pinza” junto a la Ministra de Sanidad contra los médicos valencianos, boicoteando así el derecho a la huelga.
Avanzamos que el Sindicato Médico, además, denunciará a la Conselleria de Sanidad Valenciana cada vez que por falta de sustituciones y mala previsión se mantengan jornadas normales con plantillas por debajo de lo que ellos mismos consideran mínimos asistenciales, lo que es de práctica habitual en la Sanidad Valenciana.
Estos servicios mínimos demuestran por parte de la Conselleria un desprecio absoluto a los médicos y facultativos y un atentado claro al derecho a la huelga.
Recordamos que las personas designadas para cubrir servicios mínimos están obligadas a prestarlos durante la huelga, incluso aunque discrepemos de la legalidad o proporcionalidad de la resolución o de su designación, sin perjuicio de las acciones legales ejercidas por el sindicato.