Concentraciones en las puertas de hospitales y centros de salud 17-09-2025

2025-09-23T12:38:02+01:00septiembre 18th, 2025|Noticias|

Gracias compañeros!
Ayer, una vez más, demostramos lo fuerte que es #lavozdelosmedicos , seguimos exigiendo un Estatuto Marco para médicos y facultativos y el cumplimiento de las 35 horas ya!
#NoAlBorradorEstatutoMarco
Os esperamos en las próximas movilizaciones y asambleas previas a la Huelga Nacional el 3 de octubre!

CESM presenta al ministerio su propuesta de estatuto propio del médico y el facultativo

2025-09-16T11:31:32+01:00septiembre 16th, 2025|Noticias|

La Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) ha enviado este martes al Ministerio de Sanidad la que es su propuesta para un estatuto propio del médico y del facultativo, una norma completa que pueda estructurar la regulación diferenciada del colectivo fuera del actual Estatuto Marco cuyo borrador quiere aprobar el ministerio en los próximos meses.

El documento presentado recoge las reivindicaciones sindicales que se han ido trasladando a los responsables ministeriales tanto en las reuniones del Ámbito de Negociación -del que forma parte CESM como representante único de los médicos- como en las del Comité de Huelga como convocante del paro nacional. Así, el texto sería la propuesta final para cerrar de manera adecuada la negociación de los últimos meses, según el criterio de la Confederación, y es una muestra de la mano tendida al trabajo conjunto y de la actitud constructiva que ha demostrado la organización desde que comenzara el proceso de negociación entre el ministerio y las organizaciones sindicales.

Pese a este intento de facilitar el trabajo conjunto, y mientras se esperan nuevas reuniones con el Comité de Huelga, CESM sigue adelante con su calendario de movilizaciones, que les llevará, junto al Sindicato Médico Andaluz, a la presentación de solicitud de reunión tanto a los grupos parlamentarios en el Congreso como a los responsables de la gestión sanitaria de las comunidades autónomas para explicar el proyecto; a una concentración de delegados sindicales frente al ministerio el próximo 23 de septiembre, y a una segunda jornada de huelga nacional convocada para el próximo 3 de octubre, un paro al que se sumarán el resto de sindicatos profesionales de todo el territorio nacional y que cuenta con el respaldo del Foro de la Profesión Médica como máximo exponente de la unidad del colectivo.

El Foro de la Profesión Médica mantiene su respaldo a la huelga convocada para el 3 de octubre

2025-09-16T08:39:57+01:00septiembre 16th, 2025|Noticias|

El Foro de la Profesión Médica quiere mostrar públicamente su apoyo a la segunda jornada de huelga nacional de médicos que ha convocado la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) para el próximo 3 de octubre como parte de la campaña de movilizaciones que se están llevando a cabo para mostrar el rechazo al borrador de Estatuto Marco del Ministerio de Sanidad.

Durante los últimos meses las organizaciones del Foro se han mantenido pendientes de las negociaciones y las reuniones llevadas a cabo entre el Comité de Huelga y los responsables ministeriales, y han considerado insuficientes las escasas propuestas de modificaciones ofrecidas para mejorar las condiciones laborales de los profesionales, puesto que mantiene una clasificación profesional inadecuada para el colectivo y no recoge aspectos cruciales como el desarrollo profesional continuo, la mejora del modelo retributivo o la regulación específica de la jornada laboral de manera que no quede ligada a las “necesidades del servicio”, respete el descanso y la conciliación y sea retribuida adecuadamente según requisitos de formación y responsabilidad de los profesionales.

En este sentido, el Foro quiere insistir en que la mejor manera de captar y retener talento en el Sistema Nacional de Salud, -lo que a su vez impacta directamente en la atención que se presta a los pacientes- es contar con una normativa específica que regule de manera adecuada al colectivo y evite la creciente fuga de profesionales que se viene registrando en los últimos años. Se trata, recuerdan, de articular una norma que garantice la calidad asistencial, la excelencia profesional, la eficiencia del Sistema Nacional de Salud y la seguridad de los pacientes.

Ante esta situación de escasos avances, y como ya hicieran con las primeras movilizaciones y con la primera jornada de huelga del pasado 13 de junio, las organizaciones del Foro muestran su apoyo al paro convocado para el próximo 3 de octubre y hacen un llamamiento a todos los profesionales del SNS para que lo secunden, mostrando la unión del colectivo en su rechazo a un proyecto de norma que sigue sin establecer las mejoras en las condiciones laborales que reclaman.

El Foro de la Profesión Médica está conformado por:  Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos – CGCOM, Federación de Asociaciones Científico Médicas de España – FACME, Confederación Española de Sindicatos Médicos – CESM, Conferencia Nacional de Decanos de Facultades de Medicina – CNDFM y Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina – CEEM).

CESM y SMA presentan su propuesta de estatuto propio y concretan nuevas movilizaciones previas a la huelga del 3 de octubre

2025-09-11T12:26:54+01:00septiembre 11th, 2025|Noticias|

El Comité de Huelga de la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico Andaluz (SMA) ha presentado este jueves ante los medios de comunicación el texto que recoge sus propuestas para la elaboración de un estatuto propio del médico y el facultativo, principal reivindicación de ambas organizaciones desde que el Ministerio de Sanidad facilitara el borrador de Estatuto Marco que pretende aprobar y que ha generado el rechazo unánime de toda la profesión.

El presidente de CESM, Miguel Lázaro, explicaba que este documento -no jurídico y abierto a aportaciones- es fruto del trabajo durante muchos meses en los que ambas organizaciones han tendido la mano al diálogo con el ministerio en busca de un consenso que permitiera avanzar en la mejora de las condiciones laborales de los profesionales, a los que el borrador ministerial discrimina respecto al resto de categorías sanitarias.

Así, pese a los muy escasos avances producidos en las negociaciones, la actitud constructiva del Comité de Huelga ha llevado a la elaboración de un texto que facilite diferenciar las especiales condiciones de formación y responsabilidad de los médicos y facultativos y cómo debería ser su regulación. “Es necesario que los profesionales cuenten con una norma específica y un ámbito para negociarla propio, una reclasificación adecuada a sus requisitos formativos y de desempeño laboral y una jornada de trabajo que no perpetúe el maltrato al médico y facultativo, especialmente en lo referente a guardias, descansos, retribuciones o cómputo de horas para la jubilación. Se trata de reconocer adecuadamente al eslabón fundamental del proceso asistencial”, incidía.

Por su parte Rafael Ojeda, presidente del SMA, señalaba que el contenido de la propuesta de estatuto propio del Comité de Huelga podría resumirse en unos puntos concretos, empezando por una clasificación profesional que reconozca la singularidad de la cualificación, las funciones y la responsabilidad del personal médico con dos grupos de clasificación específicos, modificando el Estatuto Básico del Empleado Público para crear una categoría A1+. En esta línea, se requiere la creación de un Ámbito de Negociación nacional y Mesas sectoriales del personal médico y facultativo.

Ojeda incidía en que es necesaria una regulación concreta en materia de jornada laboral, fijando una jornada máxima de 35 horas semanales en horario de mañana en día laborables, y que todo lo que la exceda se considere exceso de jornada, que deberá ser voluntaria y retribuirse de manera no inferior a la hora ordinaria. Además, se reclama una regulación diferenciada para las guardias, las guardias localizadas, los descansos o la exención de guardias, todo ello acompañado de mejoras retributivas y medidas que mejoren la conciliación personal y laboral.

El presidente del SMA también recordaba que el texto incluye propuestas para un sistema de jubilación anticipada voluntaria total o parcial, la prohibición de la movilidad forzosa, la designación de puestos directivos o medidas concretas para luchar contra las agresiones.

Por último, Víctor Pedrera, secretario general de CESM, recordaba el decálogo que recoge las reivindicaciones básicas del colectivo, que pasan por un reconocimiento de las funciones específicas del médico y el facultativo en el sistema sanitario; un ámbito de diálogo y negociación propios; un marco normativo propio que regule los aspectos específicos del ejercicio de la profesión su papel en el sistema sanitario; una clasificación profesional que refleje de manera correcta la cualificación, funciones y responsabilidad del colectivo; una regulación de la jornada laboral que proteja sus derechos laborales y su salud; unas mejoras retributivas y garantía de derechos laborales durante el periodo de especialización; una equiparación efectiva de derechos laborales y retributivos de todos los profesionales, con independencia de que ejerzan o no en régimen de exclusividad; una regulación de la jubilación acorde a la penosidad inherente a su ejercicio; una regulación de la carrera profesional desvinculada de la agencia de calidad sanitaria y una protección de los derechos laborales y retributivos en situaciones vinculadas a IT, maternidad/paternidad, edad o enfermedad, así como del derecho a la conciliación de la vida personal y profesional.

Acciones previas a la huelga del 3 de octubre

Los responsables sindicales recordaban que ambas organizaciones se encuentran a la espera de que el ministerio convoque nuevas reuniones con el Comité de Huelga, pero que mientras tanto las movilizaciones planteadas contra el borrador de Estatuto Marco siguen adelante. En este sentido, ha señalado que CESM y SMA pretenden presentar ante Sanidad las alegaciones sobre jornada laboral el próximo 16 de septiembre y convocarán una concentración frente al ministerio para presentar el proyecto de estatuto propio el 23 de septiembre. Ese mismo día se registrará en el Congreso la solicitud de reunión con los grupos parlamentarios para poder exponerles dicha propuesta de norma y recabar su apoyo en el caso de que el borrador ministerial sea enviado a la Cámara Baja para su tramitación. Además, se presentará también el documento en las consejerías autonómicas de Sanidad.

Estas acciones se llevarán a cabo de manera previa a la segunda jornada de huelga convocada por ambas organizaciones para el próximo 3 de octubre, donde por segunda vez, como ya ocurriera el pasado 13 de junio, se ha hecho un llamamiento a todos los profesionales del Sistema Nacional de Salud para que muestren por qué el borrador de Estatuto Marco ha generado el rechazo frontal del colectivo.

Puedes acceder aquí al texto de estatuto propio.

Puedes acceder aquí al decálogo de reivindicaciones.

Movilizaciones previas a la Huelga General del 03 de octubre 2025

2025-09-11T10:18:56+01:00septiembre 11th, 2025|Noticias|

Os informamos que estamos programando una serie de movilizaciones que culminarán el 3 de octubre con la Huelga General convocada por CESM y SMA, con dos reivindicaciones fundamentales:

NO AL BORRADOR DEL ESTATUTO MARCO.

En clave autonómica 35 HORAS YA.

Los días 17 y 26 de septiembre CONCENTRACIONES en las puertas de los centros de salud y hospitales de 11 a 11:20 horas, con los dos lemas referidos.

Posteriormente, probablemente en la semana del 17 de septiembre al 3 de octubre, se realizarán ASAMBLEAS INFORMATIVAS en todos los Departamentos de Salud que culminarán el día 3 de octubre en una concentración en la cabecera de las tres Provincias, se han solicitado los permisos correspondientes y se os mantendrá informados.

Valencia, 10 de septiembre de 2025

Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV

Convocatoria Rueda de Prensa: Presentación de propuesta de Estatuto Propio y próximas movilizaciones

2025-09-09T13:15:55+01:00septiembre 9th, 2025|Noticias|

📢 RUEDA DE PRENSA‼️
Presentación de propuesta del Estatuto Propio y movilizaciones 🩺🥼
🗓️ Jueves 11 de septiembre
🕦 11:30
📍Sede CESM (calle de las Veneras, 9, 4°, MADRID)

#noalborradordelestatutomarco

Nota en relación al comunicado de la Conselleria sobre mantener el horario actual en sábados en Atención Primaria

2025-09-08T10:58:52+01:00septiembre 8th, 2025|Noticias|

En relación a la nota de prensa de la Conselleria de Sanidad con fecha 04.09.25 (Sanidad mantiene el horario actual en sábados en Atención Primaria hasta evaluar el impacto de los nuevos acuerdos de gestión en la actividad asistencial), de mantener el actual horario de los Centros de Atención Primaria, manifestamos que, si bien consideramos coherente su retirada, que pedimos desde el primer momento, tenemos que realizar unas consideraciones al respecto:

  • No nos parece admisible el “hasta al menos disponer de la evaluación del impacto en la actividad asistencial de los nuevos acuerdos de gestión complementarios”.
  • Creemos que hemos mantenidos en numerosas ocasiones, ya con la anterior administración, que lo que se tiene que hacer es IMPLANTAR LA JORNADA DE 35 HORAS, y esta Conselleria cumplir con la palabra dada con carácter inmediato.
  • Por otra parte, el nuevo modelo de productividad aunque en principio nos parece una buena medida incentivadora, dado el fracaso del anterior modelo, lo que no puede hacer es culpabilizar a los médicos y facultativos de la problemática actual de la falta de recursos humanos de médicos y facultativos, consecuencia de la política de la anterior administración que consideró que el aumento se debería producir en otras categorías.
  • Asimismo, el nuevo modelo de productividad establece unos objetivos llave imposibles de cumplir sin un aumento específico de personal médico y facultativo.
  • Por todo ello, confiar en el nuevo modelo de productividad y creer que su implantación supondrá un aumento de la actividad asistencial, nos parece una “utopía”.

Valencia, 05 de septiembre de 2025

Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-CV)

LA CONCILIACIÓN FAMILIAR EN LA COMUNIDAD VALENCIANA EN “JAQUE” TRAS LAS ÚLTIMAS DIRECTRICES DEL CONSELLER MARCIANO GOMEZ

2025-08-25T10:00:39+01:00agosto 25th, 2025|Noticias|

Aprovechando el periodo vacacional de la mayoría del personal de sanidad, la Conselleria ha publicado instrucciones que modifican a partir del 1 de octubre de 2025 la jornada laboral de sus facultativos.

Aunque es una larga reivindicación del Sindicato Médico CESM-CV conseguir la jornada laboral de lunes a viernes de 35 horas semanales, una vez más sentimos que nos engañan.

Desde el mes de abril de 2024, el Conseller de Sanidad ha hecho múltiples declaraciones comprometiéndose a cumplir el pacto de legislatura del Consell de instaurar la jornada de 35 horas semanales.

“Nosotros somos unos firmes defensores de la jornada laboral de 35 horas, **pero firmes defensores de la jornada laboral de 35 horas de verdad. Desde las 8 de la mañana del lunes hasta las tres de la tarde del viernes, porque el objetivo de las jornadas de 35 horas no es ni más ni menos que la conciliación de la vida familiar y la única forma de poder conciliar la vida familiar es estipulando la jornada real.” (Europa Press, 26 de abril de 2024)

“Desde el primer momento tuve claro que era un acuerdo a reevaluar porque entendía que no era de 35 horas real, sino de reducción de jornadas.**Quiero buscar el equilibrio… lo que les he ofrecido ya es otro acuerdo de 35 horas reales, trabajando desde las 8 de la mañana del lunes a las 15 horas del viernes para el turno fijo ordinario, y para el rodado llegar a las 1.512 horas anuales. **Les he ofrecido empezar el 1 de enero de 2025 con este acuerdo sanitario” (Agencia EFE – 27 de noviembre de 2023).

¿Dónde están las 35 horas de trabajo semanales para sus Médicos, a las que se comprometió pública y reiteradamente el Conseller de Sanitat? A pesar de haber asumido el cargo con el compromiso de mejorar las condiciones laborales y familiares de los profesionales de la salud, sus acciones son contrarias a sus declaraciones y percibidas como UNA FALTA DE COMPROMISO.

Lo que parecía que finalmente se establecería en enero de 2026, con la nota de la Dirección General de Atención Primaria de fecha 11 de agosto de 2025 con instrucciones para “Cambio en la asistencia sanitaria de sábados en centros de atención primaria”, da a entender que no será así. Además, aunque lo justifican como un incremento de la oferta asistencial a los ciudadanos, esta no es la solución que la Atención Primaria necesita para resolver los problemas de exceso de demanda y gestión de las consultas. Más allá, interfiere aún más en los derechos

de conciliación familiar de los trabajadores y les obliga a hacer jornadas diarias de más de 12 horas.

Por otro lado, a nivel hospitalario, el “Plan de mejora de la accesibilidad a la Atención Hospitalaria Impulso de la actividad ordinaria de tardes”, pretende incrementar la actividad asistencial “ordinaria” en horario de tarde. Sin embargo, en muchos de los hospitales lo que se producirá será un deslizamiento de la actividad de la mañana a la tarde, manteniendo por tanto la misma, o incluso menor oferta asistencial, lo que a la larga puede conllevar el incremento de las listas de espera y la necesidad de derivar a los pacientes a planes de choque. Tampoco este plan cuida los derechos de los trabajadores a la conciliación familiar.

Ambas propuestas, que se pretenden imponer a partir del 1 de octubre de 2025, modifican la jornada laboral de los profesionales, alterando sus derechos, ya que el plan anual de trabajo se establece al principio del año según el artículo 15 del DECRETO 137/2003, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que regula la jornada y horario de trabajo.

La supuesta prioridad que la Conselleria otorga a la conciliación familiar choca con la realidad: centenares de plazas siguen sin cubrirse o se cubren por profesionales médicos sin la especialidad correspondiente, los horarios siguen siendo rígidos y no adaptados de forma individualizada y el personal sigue saturado y agotado!!!

La Conselleria de Sanitad vuelve a elegir el recorte presupuestario y la explotación laboral de sus Médicos y renuncia al necesario aumento de sus plantillas y la reestructuración profunda del sistema sanitario.

Es urgente que desde la Administración dejen de esconderse tras excusas y asuma de una vez sus responsabilidades reales, implementando medidas concretas que garanticen una jornada laboral digna, 35 horas semanales, y una conciliación familiar autentica para el sector sanitario.

EL SINDICATO MÉDICO SE REVUELVE ante la imposición de la Conselleria de hacer recuperar los sábados y pide la condonación de las horas restantes, de forma que cumpla YA su promesa de instaurar las 35 horas en 2025.

Valencia, 25 de agosto de 2025

Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV

Nota en relación a la circular emitida por la Directora General de Atención Primaria respecto al cambio de Asistencia Sanitaria de sábados en los Centros de Salud

2025-08-19T11:02:38+01:00agosto 19th, 2025|Noticias|

En relación a la circular emitida por la Directora General de Atención Primaria, respecto al cambio de asistencia sanitaria de sábados en los Centros de Salud, varias consideraciones al respecto:

  • Falta completa de información a este Sindicato.
  • Nos parece una “tomadura de pelo más” que se pase de una jornada de 7 horas de sábado a una jornada, en caso de que se realice dicha recuperación de la misma en jornada de 5 horas de tarde, la misma pasa a ser de 12 horas, con un intervalo de 1 hora, lo que supone en la práctica, 13 horas.
  • No sabemos el concepto de “conciliación familiar” que tiene la Conselleria, pero desde luego este Sindicato no comparte el mismo.

Por otra parte, según el artículo 15 del Decreto de Jornada se establece un calendario de trabajo de periodicidad anual y no existe ningún motivo de los contemplados en el mismo para su cambio a fecha 1 de octubre, fecha que conocemos por declaraciones realizadas a prensa.

Por último, nos queda meridianamente claro que la Conselleria no tiene ninguna intención de instaurar las 35 horas en el 2026, ya van dos promesas incumplidas al respecto, primero la del 2025 y ahora la del 2026.

No descartamos ni medidas judiciales, ni movilizaciones para manifestar nuestro desacuerdo y rechazo absoluto al comportamiento de esta Conselleria.

Valencia, 19 de agosto de 2025

Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV

Sueldo MIR

2025-08-07T10:11:23+01:00agosto 7th, 2025|Noticias, Opina con CESM-CV|

Helena Sánchez

Delegada Sindical de CESMCV

GUARDIAS MAL PAGADAS, SUELDOS INSUFICIENTES… Y A VECES NI SIQUIERA COBRADAS… PUEDE UN MIR EN ESPAÑA VIVIR CON SU SUELDO?

UN SALARIO BASE QUE NO DA PARA VIVIR SOLO…

La situación actual de los MIR ( Médicos Internos Residentes) en España es precaria.
El salario neto de un MIR de primer año en España oscila entre 1000 y 1200 euros al mes, dependiendo de la Comunidad Autónoma dónde realice la residencia. Este es el sueldo base, sin contar guardias ni complementos, apenas cubre los gastos básicos en ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia o San Sebastián, dónde los alquileres de viviendas puede superar los 800-1000 euros/mes, un piso de 40-50 m cuadrados puede consumir el 50-70% del sueldo. Según el Sindicato Médico de Granada, un R1 recibe de media 1094 euros neto al mes y un R5 llega a 1405 euros neto al mes, cifras que no han mejorado significativamente pese al aumento del coste de la vida.

GUARDIAS…EL COMPLEMENTO CLAVE Y POLÉMICO

Gran parte del ingreso real de un MIR procede de las guardias. Las guardias de 17 a 24 horas seguidas, son el SUSTENTO REAL Y PRINCIPAL FUENTE DE INGRESOS adicionales para los residentes.

Estas pueden aportar entre 700 y 1200 euros mas al mes, dependiendo del número de guardias al mes y el año de residencia.

Sin embargo la remuneración por hora sigue siendo baja:

Varios informes muestran la desigualdad en el precio de la hora de guardia, según Comunidades puede variar desde 8 euros netos/hora hasta 14-15 euros netos /hora, también dependiendo del año de residencia.
Pero las diferencias son especialmente amplias en festivos y días especiales: desde cifras de 15 euros brutos/hora en las Comunidades peor pagadas, hasta 37 euros brutos/hora en las regiones mejor pagadas.

Hay que añadir, que estas horas de guardia NO COTIZAN a la Seguridad Social y , por tanto, NO SUMAN PARA LA JUBILACIÓN, ni cuentan como jornada laboral oficial.

GUARDIAS NO COBRADAS: EL OTRO DRAMA MIR

Mas allá del BAJO SALARIO, un problema silencioso pero RECURRENTE es la NO REMUNERACIÓN DE LAS GUARDIAS REALIZADAS, por errores ajenos a los propios médicos:

Fallos administrativos, cambios de contrato mal gestionados, omisiones en el parte de trabajo o retrasos burocráticos en los departamentos de personal, son motivos frecuentes por los que LOS MIR DEJAN DE COBRAR PARTE O LA TOTALIDAD DE SUS GUARDIAS.

Estos fallos NO SON PUNTUALES:

  • Meses sin cobrar guardias ya realizadas.
  • Guardias festivas no reflejadas correctamente en la nómina.
  • Errores al registrar turnos de nuevos MIR al incorporarse en Mayo-Junio, especialmente cuando el alta en la Seguridad Social o el contrato llega tarde.
  • Errores al pagar a residentes que pasan de grado (pagan como un R2 cuando son ya R3).
  • Demoras en los pagos de más de dos meses en hospitales públicos, SIN COMPENSACIÓN POSTERIOR.

Actualmente en varios hospitales de la Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Andalucía y Comunidad Gallega, se han organizado plataformas MIR locales, denunciando que algunos residentes no cobran entre 2 y 5 guardias al mes, afectando hasta un 30% de su salario mensual ( entre 600 y 1000 euros por afectado):

“Trabajo 80 horas semanales, me dicen que ya se arreglara el mes que viene.. pero no hay mes siguiente sin errores” comenta un R2 de cirugía Valenciana.

“Si no haces tú el seguimiento en personal, no te pagan. Y estás operando, estudiando o de guardia”.

Pese a las reclamaciones, las soluciones suelen tardar semanas o incluso algún mes.
El sistema obliga al residente A SER SU PROPIO GESTOR ADMINISTRATIVO, con consecuencias directas en su ya precaria economía.

UNA PROFESIÓN VOCACIONAL O EXPLOTADA?

Las condiciones actuales han provocado una autentica crisis:

  • Fuga de médicos jóvenes al extranjero.
  • Abandono de plazas MIR en especialidades como Medicina de Familia.
  • Aumento de protestas de cientos de residentes.

Ante esto, la pregunta es:

¿Puede sobrevivir un sistema sanitario público sin cuidar mínimamente a sus médicos en formación?

Solicita la recuperación de tus años de cotización por antiguas prácticas formativas.

2025-08-08T11:52:51+01:00agosto 5th, 2025|Noticias|

¿ Quienes pueden solicitarlo?
La normativa está pensado, para aquellos que realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes del 2024 ( en el caso de no remuneradas ) o anterior al 1 de noviembre del 2011 en otros casos.

¿ Cuanto he de pagar ?
Se toma como base de cotización del convenio especial la base mínima correspondiente al año de realización de la actividad .

¿ Hasta cuándo puedo solicitar la remuneración?
Hasta el 31 de diciembre del 2028 podrán solicitar el convenio especial con TGSS de forma previa al pago de cotización que corresponda.

¿ Cómo puedo solicitarlo?

Primero tendrás que disponer de tu certificado de horas de prácticas:

📎 ENLACES DE LA CV DONDE PODER SOLICITAR LOS AÑOS DE COTIZACIÓN POR LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS

👉🏻Universidad Alicante y UMH

https://sede.umh.es/procedimientos/certificados-practicas-academicas-realizadas/

👉🏻Universidad Castellón JAUME I
https://www.uji.es/seu/cataleg/oipep/proc-430/?urlRedirect=https://www.uji.es/seu/cataleg/oipep/proc-430/&url=/seu/cataleg/oipep/proc-430/

👉🏻Universidad Valencia
https://go.uv.es/miosspracticas/mhvn8cQ

Una vez lo tengas, lo solicitas a través de la web de la SS:

https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/altas%2C+bajas+y+modificaciones/altas+y+afiliacion+de+trabajadores/alta_ce/identif_ace

«Mónica García miente para desacreditar las reivindicaciones del colectivo médico»

2025-08-01T09:24:14+01:00agosto 1st, 2025|Noticias|

En una reciente comparecencia, un periodista ha preguntado a la ministra de Sanidad sobre el rechazo de los médicos a la obligatoriedad de las guardias. Mónica García ha respondido, con un cinismo perturbador, que la atención a las urgencias de la población no puede ser voluntaria, por lo que las guardias deben ser obligatorias.

Sin embargo, Mónica García miente deliberadamente. Ella sabe que ningún médico sostendría jamás que atender las urgencias pueda ser voluntario. Lo que demandamos no es eso, sino la voluntariedad de cualquier prolongación de la jornada laboral. Los médicos somos los únicos profesionales a los que, una vez completada nuestra jornada, se nos obliga a hacer horas extra a precio de saldo con el argumento falaz de que es necesario para cubrir las urgencias.

Como la ministra sin ninguna duda conoce, los médicos también atendemos urgencias durante la jornada laboral ordinaria. Algunos servicios y unidades médicas, de hecho, dedican toda su jornada a esta modalidad de asistencia. Asignar la atención urgente a las guardias no es más que un invento para ahorrarse plantilla a costa de esclavizar a los médicos.

En la sanidad pública se ha implantado un modelo perverso que consiste en prolongar la jornada laboral del médico de manera obligatoria con excesos de jornada denominados guardias. Para encubrir esta fórmula siniestra se recurre a los eufemismos de “jornada ordinaria” y “jornada complementaria”. Sin embargo, la “jornada complementaria” no es más que un subterfugio para privar al colectivo médico del derecho a una jornada laboral máxima similar a la del resto de los empleados públicos.

Pero este modelo, que nos obliga a hacer horas extra mal pagadas, que nos priva de derechos laborales básicos y de capacidad negociadora, y que constituye una forma inaceptable de explotación laboral, ha entrado en crisis. La ministra hará bien en abandonar sus argumentos tramposos y tomarse en serio nuestras reivindicaciones, porque nuestras movilizaciones no se detendrán hasta que los médicos y facultativos tengamos en la práctica los mismos derechos que el resto de los empleados públicos.

Comité de Huelga

CESM y SMA

El Comité de Huelga convoca formalmente la segunda jornada de huelga contra el borrador de Estatuto Marco para el próximo 3 de octubre

2025-07-30T11:19:07+01:00julio 30th, 2025|Noticias|

El Comité de Huelga formado por la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico Andaluz (SMA) ha comunicado formalmente a la Administración la convocatoria de la segunda jornada de huelga nacional para el próximo 3 de octubre en el marco de las movilizaciones por un estatuto propio del médico y del facultativo.

Así lo ha trasladado por escrito tanto al Ministerio de Sanidad como al Ministerio de Trabajo, recordando que a este paro está convocado todo el personal sanitario del Grupo A1 del Sistema Nacional de Salud, médicos y facultativos de todo el Estado español a quienes sea aplicable directa o supletoriamente la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, despejando las dudas que surgieron para la convocatoria del pasado 13 de junio y que pretendían entorpecer el derecho a la huelga de los profesionales.

La convocatoria de esta segunda jornada de huelga se produce tras comprobar que, si bien la última propuesta del ministerio contiene algunas mejoras negociadas con el Comité de Huelga, a las que éste no va a renunciar, durante este mes de julio el ministerio no ha llevado a cabo ningún nuevo acercamiento con los convocantes del paro indefinido. Por otra parte, además, el desarrollo de las reuniones programadas del Ámbito de Negociación ha constatado que Sanidad no tiene voluntad de avanzar en las principales reivindicaciones del colectivo médico y facultativo.

Esta segunda convocatoria de paro nacional forma parte del calendario de movilizaciones por un estatuto propio que el Comité de Huelga anunció para los próximos meses, que incluyen contactos con representantes políticos nacionales y europeos, acciones jurídicas, campañas informativas y concentraciones y manifestaciones de profesionales y representantes sindicales.

CESM

Motivos para mantener el rechazo al borrador de Estatuto Marco

2025-07-29T10:56:53+01:00julio 29th, 2025|Noticias, Opina con CESM-CV|

Víctor Pedrera

Secretario general de CESMCV

«¿Aún hay algo más que decir para justificar un estatuto propio para médicos y facultativos? Pues sí…»

La exposición de motivos del “Proyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión” ofrece una nueva batería de argumentos —contundentes, oficiales, irrebatibles— que sostienen con fuerza lo que llevamos años reclamando: un régimen específico que reconozca nuestra singularidad profesional y la sobrecarga estructural que padecemos.

Invitamos a todo médico y facultativo a leer esta exposición. No se quedarán indiferentes. Para abrir boca, rescatamos algunas perlas argumentativas que avalan la reducción de la jornada a 37,5 horas semanales y que, paradójicamente, contrastan frontalmente con lo que el borrador del Estatuto Marco nos impone a nosotros.

Se menciona al historiador británico E.P. Thompson, quien afirmaba que «hubo un tiempo en que se pretendió expropiar a los trabajadores de todo conocimiento del tiempo, para que todo su tiempo fuera tiempo de trabajo». No sabemos por qué, pero nos ha venido a la mente esa expresión tan habitual en nuestro entorno: “por necesidades del servicio…”.

Más adelante, se expone que este proyecto legislativo pretende avanzar hacia “sociedades donde las personas sean más felices”, defendiendo que fijar la jornada en 37,5 horas semanales “es un gran avance que sitúa a nuestro país en la vanguardia del derecho al tiempo, estandarte de sociedades modernas, civilizadas y orientadas al bienestar de las mayorías”.

Y añade: “Lo que se cede en el contrato de trabajo es el propio tiempo de la persona trabajadora. Su tiempo de vida. Un tiempo que se enajena, durante el cual el trabajador se encuentra bajo el poder de quien lo emplea, que lo dirige y organiza”.

También se afirma que “la organización del tiempo de trabajo determina directamente la estructura de la vida del trabajador: su salud, su conciliación, su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad”. Razones todas ellas —dice el texto— que hacen imprescindible limitar y regular adecuadamente la jornada laboral.

Frente a esto, el borrador del Estatuto Marco sigue imponiendo a médicos y facultativos una jornada semanal que no solo supera las 37,5 horas, sino que llega a las 45 horas en cómputo cuatrimestral, y con ello, semanas en las que —por acumulación de jornada ordinaria y guardias— retrocedemos a condiciones propias de la revolución industrial. Sí, han pasado 116 años desde que en 1919 se fijó en España una jornada máxima de 48 horas semanales. Y los médicos y facultativos seguimos ahí. O incluso peor.

El propio proyecto de ley reconoce que reducir la jornada promueve el equilibrio entre vida laboral y personal y mejora el bienestar general, en un contexto donde la salud mental y física es una prioridad social y política.

Y si eso no bastara, aporta datos alarmantes: según estimaciones de la OMS y la OIT, en 2016 murieron en el mundo 745.000 personas por accidentes cerebrovasculares y cardiopatías isquémicas vinculados a jornadas prolongadas, siendo 398.000 por ictus y 347.000 por cardiopatía isquémica. ¿Qué jornadas? Las de más de 55 horas semanales. ¿Nos suena?

En resumen: mientras desde el Ministerio de Trabajo se enarbola la bandera del “derecho al tiempo”, en el ámbito sanitario se consolida un modelo para médicos y facultativos que lo niega sistemáticamente.

¿Y qué decir de los sindicatos? Los mismos que firman con orgullo la reducción de jornada para el conjunto de trabajadores, aceptan y sostienen lo contrario para médicos y facultativos. ¿Alguien se atreve a llamarle a eso igualdad? ¿Quién ha dicho clasismo?

Para cerrar, el texto gubernamental remata con esta frase: “La reducción de jornada ha sido diseñada en el seno del diálogo social, dando lugar a un acuerdo entre Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas (CCOO y UGT), el 20 de diciembre de 2024”. ¿El mismo diálogo del que estamos excluidos?

Así que sí, aunque creíamos haberlo dicho todo, esta exposición de motivos del propio ministerio nos da nuevos y sólidos argumentos para seguir defendiendo nuestro rechazo al borrador del Estatuto Marco. Porque, cuando el propio Gobierno reconoce que lo que se cede es tiempo de vida, lo que exigimos no es un privilegio: es dignidad profesional.

Estatuto propio, ¡ya!

Los médicos de España ya pueden preinscribirse en el gran proyecto europeo de formación en competencias digitales

2025-07-30T11:38:40+01:00julio 28th, 2025|Noticias|

Ya se encuentra abierto el plazo de preinscripción para el programa de formación de competencias digitales dirigido a la profesión médica española, un programa formativo transversal dotado con 200 millones de euros cuyo objetivo es formar a miles de médicos en competencias digitales e inteligencia artificial para dar respuesta a los grandes retos de la práctica diaria.

La Organización Médica Colegial de España (OMC) se ha adherido a este programa de formación de competencias digitales que forma parte de la iniciativa Generación D, impulsada por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Estas actuaciones están financiadas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a través de los fondos Next Generation de la Unión Europea, en el marco de la Inversión 3 del Componente 19 «Competencias digitales para el empleo».

Este plan supone un hito para las corporaciones colegiales de nuestro país que se convierten, por primera vez en la historia, en las encargadas de promover y gestionar estos fondos europeos para formar a decenas de miles de profesionales en nuestro país.

Competencias digitales e IA

Orientado a la dotación de competencias digitales mediante diferentes modalidades (presencial, telemática, híbrida), el programa formativo contará con un bloque común de 40 horas, que se impartirá a todas las personas profesionales inscritas a los programas, y con un bloque específico de 110 horas que se adapta a cada profesión.

El objetivo final de este programa formativo gratuito es ofrecer una formación avanzada y de calidad a fin de garantizar la mejor prestación de los servicios que se prestan a la ciudadanía. Además, en el caso de la profesión médica esta formación contará con créditos de la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS) y del Sistema Nacional de Salud.

Preinscripción ya disponible

Actualmente todos aquellos médicos y médicas que quieran sumarse a este ambicioso plan formativo gratuito y acreditado pueden preinscribirse en este enlace para recibir toda la información previa al periodo de inscripción del curso que dará comienzos a mediados del mes de septiembre y que podrá llevarse a cabo hasta el mes de junio de 2026.

Desde la Organización Médica Colegial se está ultimando el material formativo específico para profesionales de la Medicina con el objetivo de promover la adaptación del médico/a al nuevo contexto digital con aplicabilidad real en la práctica profesional. Más información del proyecto aquí.

«Carta abierta al Ministerio de Sanidad» Comité de Huelga CESM y SMA

2025-07-28T10:25:57+01:00julio 28th, 2025|Noticias|

Señora ministra:

En esta carta nos gustaría resumirle la posición del colectivo médico y facultativo sobre el conflicto surgido a raíz de su propuesta de un nuevo Estatuto Marco.

Ante todo, queremos resaltar el hecho de que su último borrador incluya mejoras atribuibles a la presión en la calle de nuestro colectivo y a la negociación del Comité de Huelga. Entre ellas, los descansos anteriores y posteriores a la jornada de guardia y el abono de la hora de dicha actividad igual, al menos, a la hora ordinaria. No aceptaremos que estas mejoras sean rechazadas por el Consejo Interterritorial alegando nuestra exigencia de reformas más ambiciosas. Que nadie nos use como excusa. El ministerio tiene la obligación de dotar presupuestariamente estas mejoras retributivas y las comunidades autónomas el deber de aprobarlas e implantarlas.

Sin embargo, estos avances no son suficientes. El colectivo médico y facultativo soporta las perores condiciones laborales del sistema sanitario público. El ministerio debe aceptar la existencia de este grave problema y afrontar su solución.

El deterioro que vive la sanidad pública está vinculado a su obsoleto modelo de gestión, a su infrafinanciación estructural y al ineficaz marco de diálogo y negociación. Estos son asuntos de enorme complejidad cuyo abordaje requiere un impulso político decidido. No son meros problemas técnicos. Para solucionarlos es necesario salir del actual marco normativo.

La crisis actual de la sanidad pública es, en esencia, una crisis de la medicina pública. Su consecuencia más grave es el deterioro de la calidad de la asistencia sanitaria que recibe la población. Nuestras reivindicaciones responden ante todo a la necesidad de que nuestra sociedad cuente con un sistema sanitario público digno de un país desarrollado.

En este contexto, los/as médicos/as y facultativos/as reclamamos un ámbito de diálogo propio. Es necesario abordar un cambio de modelo en el sistema retributivo y de gestión de los facultativos. No podemos tratar estas cuestiones en mesas donde los sindicatos generalistas bloquean cualquier tratamiento específico de nuestra situación.

Requerimos también un marco normativo propio. La regulación de la selección y promoción del personal, de la organización del trabajo, de los incentivos o de las medidas para reducir las listas de espera, entre otras muchas cuestiones, no puede ser la misma para todas las profesiones. Para que el sistema funcione, es imprescindible reconocer la singularidad de nuestro colectivo y desarrollar una regulación específica del mismo en un Estatuto de la Profesión Médica y Facultativa.

La regulación de la jornada del facultativo debe ser mejorada. La sobrecarga de trabajo está destruyendo al colectivo y al sistema. Necesitamos regular los excesos de jornada, garantizando la voluntariedad y mejorando su retribución, garantizar los descansos, controlar la carga de trabajo, hacer posible la conciliación, etc., etc.

La situación de los médicos y médicas jóvenes es insostenible. El sistema público necesita captarlos, pero es el colectivo al que peor trata y paga. Muchos de los complementos retributivos están vinculados a la antigüedad. Los especialistas jóvenes tienen sueldos ridículos, además de soportar una precariedad inaceptable. Es urgente mejorar las retribuciones básicas fijas del colectivo.

Por último, los médicos y facultativos necesitamos un espacio formal de diálogo con el Ministerio de Sanidad y con las Consejerías de Salud. Le solicitamos públicamente que vuelva a reunirse con nosotros. Solo hablando y planteando los problemas de nuestro colectivo abiertamente, con transparencia y lealtad, podremos encauzar el desencuentro actual entre los médicos y la Administración.

Esperamos que estas reflexiones le parezcan útiles. Quedamos a la espera de su respuesta.

Comité de Huelga de CESM y SMA. 

RECLAMACIÓN SOBRE EL TRANSPORTE A DOMICILIOS EN ATENCIÓN PRIMARIA

2025-07-23T11:39:58+01:00julio 23rd, 2025|Noticias|

NOTA INFORMATIVA

Con fecha 12/01/2023, el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV ganó una histórica sentencia mediante Recurso Contencioso Administrativo por la cual se obligó a la Administración a proporcionar el desplazamiento, vehículo con conductor a los domicilios, a un compañero, médico de Atención Primaria, para la realización de la Atención Domiciliaria, tanto en jornada ordinaria como en atención continuada.

Los Servicios Jurídicos del Sindicato Médico, ante esta sentencia firme pero nominal, solicito al Juzgado la extensión de los efectos, a todos los médicos que, estando en idéntica situación, lo reclamaron en el plazo de un año.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Alicante ha estimado la  extensión de los efectos  mediante un Auto, y obliga de nuevo a la Conselleria de Sanitat  “a que se dote de los medios de transporte adecuados para la realización de la atención domiciliaria, tanto en jornada ordinaria como en atención continuada, poniendo a su disposición no solo un vehículo sino de un conductor que conduzca ese vehículo”,

Los Servicios Jurídicos presentarán escrito solicitando la ejecución de la sentencia de forma inmediata, aunque la Conselleria de Sanitat recurra el Auto por el que se concede la extensión de los efectos de la sentencia.

Os iremos informando oportunamente.

«¿Por qué los médicos necesitamos un estatuto propio?

2025-07-21T09:55:57+01:00julio 21st, 2025|Noticias|

 Las claves de la crisis de la Medicina pública»

Comité de Huelga

CESM y SMA

La Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico Andaluz (SMA) quieren exponer, a través de un comunicado, por qué el conflicto que ha generado la propuesta del Ministerio de Sanidad de un nuevo Estatuto Marco no puede entenderse sin conocer las causas de la precariedad que soporta el colectivo.

La actual sanidad pública surgió durante la transición democrática, en un momento de abundancia de médicos e intensa pugna ideológica. La etiqueta de colectivo privilegiado, responsable de todos los males del sistema, no nos ha abandonado desde entonces.

La plétora de médicos en paro, unida a los prejuicios ideológicos, alimentó una medicina pública de sueldos precarios y coacción laboral. ¿Quién iba a protestar por la obligatoriedad de las guardias cuando las necesitaba para llegar a fin de mes? ¿Qué gestor idearía incentivos para los médicos cuando tenía a miles ansiando entrar en el sistema?

El médico fue apartado, contra toda lógica, de su papel de líder y responsable del proceso asistencial, que pasó a manos de los gestores políticos. Recientemente, se ha comenzado incluso a encomendar nuestras funciones a otros profesionales, cuyos representantes sindicales se permiten juzgar a qué tenemos o no derecho.

Un modelo de negociación que favorece injustamente a los denominados “sindicatos más representativos”, a pesar de ser minoritarios en sanidad, y que nos obliga a negociar nuestras condiciones laborales en mesas generales donde somos minoritarios, ha contribuido de forma deliberada a acallar nuestra voz.

Esta historia explica la actual crisis de la Medicina pública, cuyo deterioro crece a pesar del incremento en la inversión sanitaria. Los médicos huyen, en busca de reconocimiento, hacia el ámbito privado o hacia el extranjero, mientras se malgasta el dinero reforzando las plantillas de otros profesionales.

La masiva apertura de facultades de Medicina aspira a perpetuar este modelo basado en la precariedad médica. Confían en que la amenaza del paro nos obligue a seguir tragando. El Estatuto Marco de Mónica García, que confunde la defensa del sistema público con el desprecio de nuestros derechos, simboliza a la perfección este proyecto.

Pero el viejo modelo está muerto. Las médicas y los médicos actuales no soportan más maltrato. No quieren sobrevivir a costa de unas guardias extenuantes y obligatorias. No quieren pasarse horas y horas en el hospital o el centro de salud renunciando al derecho a ver crecer a sus hijos. No soportan que sus derechos estén condicionados a “las necesidades del servicio”. No entienden que sus condiciones laborales y retributivas sean negociadas en mesas donde son minoritarios. Ya no temen al paro ni mendigan un puesto en la sanidad pública. O se les da lo que en justicia merecen, o simplemente se marchan.

Este es el impulso incontenible al que responde nuestra movilización. No nos encontramos ante una expresión puntual de descontento, sino ante una necesidad imperiosa de cambio.

Por eso, desde CESM y SMA queremos anunciar que no vamos a parar. Vamos a pelear sin descanso por nuestra dignidad, por el fin de este modelo basado en el maltrato a nuestra profesión, por nuestro derecho a una jornada como la del resto de los trabajadores públicos, para que cualquier exceso de jornada sea voluntario y retribuido de forma justa, por nuestro derecho a la conciliación y al descanso, por una negociación sindical efectiva, por un Estatuto propio. Vamos a luchar por lo que merecemos.

Ya hemos hecho público el calendario de nuestras acciones inmediatas tras el periodo estival. El próximo 3 de octubre todos los médicos de España volveremos a hacer huelga, la primera jornada de otras muchas que la sucederán. Nos enfrentamos a décadas de maltrato y alcanzar nuestros objetivos no será fácil, pero nuestra voluntad es firme.

Para terminar, hacemos un llamamiento a la unidad de nuestro colectivo y al apoyo de la sociedad. Lo que está en juego no es el futuro de los médicos, sino el de la Medicina pública. Dejarla morir sería una lamentable demostración de estupidez colectiva.

CESM y SMA

#GuardiasMédicasVerano

2025-07-17T09:27:16+01:00julio 17th, 2025|Noticias|

¿CUÁNTAS GUARDIAS HARÁS ESTE VERANO?

Desde @cesm_sindicatos y @smandaluz queremos visibilizar la sobrecarga laboral que supone este periodo para los 🩺facultativos que hacen guardias, uno de los motivos para el #NoAlBorradorEstatutoMarco
Y tú, ¿Cuántas #GuardiasMédicasVerano haces estos meses?
Te leemos 👀 ⬇️

https://forms.gle/8AaGKE8rdHwFvy9H6

Este es el plan de acción del Comité de Huelga contra el proyecto de reforma del Estatuto Marco

2025-07-15T10:47:09+01:00julio 15th, 2025|Noticias|

Una vez hecho público el borrador de Anteproyecto de Ley (APL) de Estatuto Marco que ha presentado el Ministerio de Sanidad a los sindicatos del Ámbito y al Comité de Huelga de CESM y SMA, y conocido su contenido, podemos afirmar que, pese a que -siempre por petición y por la presión del Comité de Huelga- se aceptan algunas medidas cosméticas, se mantiene la esencia del anterior Estatuto Marco en lo referente a la jornada laboral y la negativa a un ámbito propio de negociación para el colectivo médico. Además, en este nuevo borrador se producen graves retrocesos respecto al borrador previo, en concreto y entre otros, en el reconocimiento de las diferencias formativas y de responsabilidad a la hora de clasificar los grupos profesionales.

Una vez analizado el contenido, el Comité de Huelga de CESM y SMA hace un llamamiento al conjunto de la profesión médica para sumarse a las acciones emprendidas y manifestar así nuestro profundo rechazo a un Anteproyecto de Ley que nos margina con respecto al resto de trabajadores de la sanidad pública, y nos iguala con otras categorías a pesar de que asumimos mayor carga de responsabilidad y tenemos más peso formativo. Por ello, anunciamos las siguientes medidas de presión que se adoptarán durante los próximos meses:

Confederación Española de Sindicatos Médicos
CESM.

ANÁLISIS DEL ANTEPROYECTO DE LEY DEL ESTATUTO MARCO DE 11 DE JULIO DE 2025

2025-07-14T12:01:49+01:00julio 14th, 2025|Noticias|

Pese a la rigidez del ministerio y su resistencia a pactar directamente con los representantes del colectivo médico aspectos de la ley que afectan directamente a nuestro colectivo, la presión del Comité de Huelga ha conseguido que este nuevo texto elimine algunos elementos inaceptables del anterior y que se produzcan ciertas mejoras en la regulación de la actividad de nuestro colectivo.

Por desgracia, lo más destacado en el nuevo texto es que la mayoría de las supuestas mejoras no pasan de medidas cosméticas sin trascendencia práctica y que, junto a estas, mantiene situaciones de maltrato y discriminación a nuestro colectivo.

A continuación, analizamos estos avances, gestos sin trascendencia práctica y perpetuación del maltrato al médico.

AVANCES CON RESPECTO AL BORRADOR DE ENERO

1.- DESAPARICIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE EXCLUSIVIDAD PARA ESPECIALISTAS CON MENOS DE CINCO AÑOS DE ANTIGÜEDAD

El nuevo borrador elimina esta obligación, contenida en el APL de enero.

Sin embargo, el cambio es insuficiente, pues mantiene la obligación de trabajar en régimen de incompatibilidad para los cargos intermedios.

Artículo 35

“1. Los puestos de cargos intermedios recogidos en esta ley no podrán compatibilizar una segunda actividad o puesto en el sector privado, salvo aquellas excepciones contempladas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
2. El personal estatutario que desempeñe puestos de directivo profesional definidos en esta ley tendrá en todo caso dedicación exclusiva al puesto”.
Esta versión elimina la cláusula que obligaba a trabajar en régimen de exclusividad a los facultativos que acababan de finalizar la especialidad.

2.- RECONOCIMIENTO RETRIBUTIVO DE LA JORNADA DE GUARDIA EQUIPARABLE A LA JORNADA ORDINARIA

Actualmente, la hora de guardia se paga muy por debajo de la ordinaria.

Este avance es resultado directo de la presión del Comité de Huelga de CESM y SMA y ofrece base legal para futuras mejoras retributivas.

Artículo 80

“La jornada de guardia tendrá un reconocimiento retributivo que, al menos, resulte equiparable al de la jornada ordinaria.”

Es decir, las horas de guardia NUNCA podrán tener una retribución por debajo de la hora ordinaria.

3.- PROHIBICIÓN DE EXIGIR JORNADA ORDINARIA ANTES O DESPUÉS DE UNA GUARDIA SI SE SUPERAN 17 HORAS CONTINUADAS

Se limita así la posibilidad de encadenar jornadas ordinarias con guardias y viceversa.

Avance importante en términos de salud laboral, conciliación y prevención de la fatiga médica.

Artículo 99.1

“Cuando la jornada ordinaria esté programada de forma inmediatamente anterior a una jornada de guardia, no podrá exigirse su realización si la suma de ambas jornadas supera el límite de 17 horas continuadas de trabajo.

Asimismo, en ningún caso podrá exigirse al personal la realización de jornada ordinaria inmediatamente posterior a una jornada de guardia.”

4.- RECONOCIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DESCANSO COMPENSATORIO ANTERIOR Y POSTERIOR A LA GUARDIA COMO JORNADA REALIZADA

Gran logro del Comité de Huelga de CESM y SMA tras vencer las resistencias de la Administración a especificar que el tiempo de descanso.

Ahora se garantiza que no puede ser exigida la “devolución” de estas horas de descanso.

Se evita, con esta redacción, que la Administración utilice esos periodos para imponer más trabajo ordinario.

No obstante, este avance es insuficiente. Nosotros seguiremos exigiendo que este tiempo de descanso compute a todos los efectos como tiempo de trabajo efectivo.

Artículo 99.1

“A efectos administrativos y de ordenación, los periodos que no resulten exigibles conforme a lo establecido en el párrafo anterior se considerarán como jornada realizada, aunque no se compute como tiempo efectivo de trabajo.

Esta consideración implica que dichos periodos no podrán ser programados ni requeridos como jornada ordinaria.”

5.- RECONOCIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUADA, GESTIÓN, DOCENCIA E INVESTIGACIÓN COMO TIEMPO DE TRABAJO

Artículo 77.2

“En todo caso se considera tiempo de trabajo realizado las actividades de gestión, docencia, investigación y tutoría, siempre que se realicen a instancia del servicio de salud. También tiene dicha consideración las actividades de formación continuada debidamente justificadas y autorizadas por cada servicio de salud en base a la normativa de permisos”.

6.- SE INTRODUCE EL TELETRABAJO COMO UNA MODALIDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Artículo 77.2

“Teletrabajo: modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo puede desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias del centro de trabajo, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación”.

7.- GARANTÍA DE INDEMNIDAD RETRIBUTIVA PARA PROFESIONALES EXENTOS DE GUARDIAS POR SALUD, EMBARAZO O LACTANCIA

El nuevo texto establece dos supuestos en los que se garantiza que no disminuyan las retribuciones a causa de la exención de las guardias:

a) Embarazo, lactancia, motivos de salud: se establecerá un modelo que garantice la percepción del complemento de atención continuada equivalente a la actividad de guardia que se deje de realizar.

b) Mayores de 55 años: se establecerá un sistema de trabajo adicional voluntario.

Artículo 95

“En atención a las especiales circunstancias y riesgos que concurren, podrá solicitar la exención de realización de esta jornada [de guardia] el personal que se encuentre en los supuestos siguientes:

a) Durante el periodo de embarazo.

b) Riesgo durante el periodo de la lactancia natural.

c) Que haya obtenido la correspondiente reducción de jornada por cuidado de hijos.

d) Que sean mayores de 55 años, según las disposiciones establecidas en los planes de ordenación de recursos humanos de cada servicio de salud. Para el personal que solicite esta exención, se establecerá un sistema de trabajo adicional voluntario, a fin de evitar
merma en sus retribuciones.

e) Por motivos de salud que imposibiliten la realización de guardias, acreditado mediante informe del servicio de prevención de riesgos laborales.

f) En cualquier otro supuesto que establezca la comunidad autónoma en su ámbito territorial.

En los casos a), b) y e) se establecerá un modelo que garantice la percepción del complemento de atención continuada equivalente a la actividad de guardia que se deje de realizar durante el tiempo que permanezca el trabajador en dicha situación”.

8.-NO OBSTANTE, EL NUEVO DOCUMENTO INTRODUCE DUDAS EN LA REGULACIÓN SOBRE ESTA MATERIA:

En la versión de enero de 2025, se reconocía de manera expresa el derecho a percibir el prorrateo de la actividad complementaria en el permiso por embarazo, por nacimiento y cuidado del menor, lactancia, incapacidad temporal y durante el disfrute de períodos vacacionales.

Art. 28.5.

Los complementos a los que aluden las letras b) y c) del apartado anterior [complementos de carrera y de Atención Continuada] serán percibidos en las situaciones de permiso por riesgo durante el embarazo, por nacimiento y cuidado del menor, lactancia, así como en situaciones de incapacidad temporal y durante el disfrute de períodos vacacionales.

Sin embargo, la nueva versión de julio de 2025 cambia la redacción por otra que nos genera dudas, que tendremos que resolver jurídicamente, sobre la percepción de estos complementos en los supuestos descritos:

Art. 28.5.

“El personal estatutario tendrá derecho a percibir, desde el primer día y por todo el tiempo en que se encuentre en las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, un complemento retributivo que, sumado a la prestación económica del régimen de protección social, permita alcanzar el cien por cien de las retribuciones ordinarias, fijas y periódicas, que le correspondan en el mes en que se cause la situación protegida”.

9.- AUMENTO DE LAS GARANTÍAS DE LA MOVILIDAD POR RAZÓN DE SERVICIO

Hemos reivindicado en todo momento la eliminación de este artículo de movilidad por razón de servicio o movilidad forzosa. No lo hemos conseguido hasta ahora, pero sí hemos aumentado las garantías del profesional. En la redacción anterior bastaba una resolución motivada del órgano directivo:4

Artículo 55. Movilidad por razón del servicio

1. El personal médico y facultativo estatutario podrá ser destinado a centros o unidades ubicadas fuera del ámbito previsto en su nombramiento previa resolución motivada del órgano directivo competente en materia de ordenación profesional del correspondiente servicio de salud, siendo preavisado con antelación suficiente. Se respetarán sus retribuciones y condiciones esenciales de trabajo, con las garantías que se dispongan en cada caso.

En la redacción actual, la movilidad forzosa debe realizarse de conformidad con los planes de ordenación de recursos humanos que han debido ser negociados en las mesas sindicales correspondientes.

Artículo 54. Movilidad por razón del servicio

1. El personal médico y facultativo estatutario podrá ser destinado a centros o unidades ubicadas fuera del ámbito previsto en su nombramiento de conformidad con lo que establezcan las normas o los planes de ordenación de recursos humanos de su servicio de salud, negociadas en las mesas correspondientes y previa resolución motivada del órgano directivo competente en materia de ordenación profesional del correspondiente servicio de salud. En todo caso deberá ser y siendo preavisado con antelación suficiente.
Se respetarán sus retribuciones y condiciones esenciales de trabajo, con las garantías que se dispongan en cada caso.

Seguiremos exigiendo su eliminación.

10.- ELIMINACIÓN DE LOS EFECTOS PENALIZADORES DE LA EVALUACIÓN PARA EL DESEMPEÑO

En la versión de enero se introducía la evaluación para el desempeño, con un perfil claramente penalizador ya que podía tener efectos en las siguientes materias:

a) Percepción de retribuciones complementarias de carácter variable, en los términos previstos en este estatuto.
b) Progresión en la carrera profesional.
c) Criterios para la provisión de puestos de trabajo.
d) Continuidad en el puesto de trabajo.

Aunque no hemos podido eliminarla del articulado, la negociación del Comité de Huelga ha conseguido dejarla claramente descafeinada, ya que el nuevo borrador sólo la cita como “uno de los aspectos que serán tomados en consideración para su progresión en la carrera y desarrollo profesional” (artículo 61.1 del nuevo borrador), eliminando totalmente sus efectos penalizadores, y evitando que elimine el complemento de productividad variable.

RETROCESOS, INSUFICIENCIAS Y AMBIGÜEDADES QUE PERSISTEN EN EL ANTEPROYECTO PRESENTADO

1.- CLASIFICACIÓN DE LOS PROFESIONALES

En el nuevo texto se ha producido un retroceso en nuestras peticiones de una clasificación que reconozca la formación específica del colectivo facultativo.

En la versión del Estatuto que se presentó en enero de 2025, el personal graduado se clasificaba en tres grupos:

Art. 6. Clasificación del personal

Grupo 8: Personas con título de Nivel 8 del MECU o Nivel7 del MECU con título de Especialista en Ciencias de la Salud.
Grupo 7: Personas con título de Nivel7 del MECU que habilite para el ejercicio de una profesión sanitaria o Nivel6 del MECU con título de Especialista en Ciencias de la Salud.
Grupo 6: Personas con título de Nivel6 del MECU que habilite para el ejercicio de una profesión sanitaria.

En la versión de julio, se mantiene esta clasificación y además se permite a los graduados con nivel 6 del MECU acceder al grupo 8 si realizan una especialidad de 4 años:

Art. 6. Clasificación del personal

Grupo 8: Categorías para las que el requisito de acceso sea un título de Nivel 8 del MECU o Nivel 7 del MECU con título de Especialista en Ciencias de la Salud o Nivel 6 con título de Especialista en Ciencias de la Salud con duración igual o superior a 4 años.
Grupo 7: Categorías para las que el requisito de acceso sea un título de Nivel 7 del MECU que habilite para el ejercicio de una profesión sanitaria o Nivel 6 del MECU con título de Especialista en Ciencias de la Salud con duración inferior a 4 años.
Grupo 6: Categorías para las que el requisito de acceso sea un título de Nivel 6 del MECU que habilite para el ejercicio de una profesión sanitaria.

Esta clasificación supone un retroceso, muy alejada de nuestra propuesta porque incluye en nuestro mismo grupo a los titulados con nivel 6 de MECU, que tienen 240 créditos frente a los 360 de Medicina, además abre la puerta a que, subiendo los años de formación especializada de las diferentes titulaciones, al final todas estén en el mismo grupo.

Además, en esta última versión el ministerio no ha incluido ninguna Disposición Adicional, de modo que no es posible conocer sus intenciones con respecto a la
correspondencia de estos grupos con los grupos de clasificación que establece el EBEP.

Recordemos que, en la versión de enero de 2025, la Disposición Adicional séptima incluía a los grupos 8, 7 y 6 del Estatuto Marco en el subgrupo A1 del EBEP.

Es de temer que la omisión en este último documento de las Disposiciones Adicionales solo sea una forma de ocultar su intención de mantener esta equiparación.

2.- SE MANTIENE EL MODELO INJUSTO DE 2 JORNADAS: JORNADA ORDINARIA Y COMPLEMENTARIA

Pese a nuestra exigencia de fijar la distinción entre jornada ordinaria, la única obligatoria, y jornada extraordinaria, de carácter voluntario, igualando así en derechos al médico con el resto de los trabajadores de la sanidad pública, el borrador de julio de 2025 mantiene la consideración de la jornada de guardia con carácter “complementario”.

Se perpetúa así el esquema de sobrecarga laboral estructural basado en dos modalidades de jornada complementarias entre sí y exigibles con carácter obligatorio.

Artículo 93

“la actividad realizada en régimen de jornada de guardia tiene un carácter complementario y está orientada principalmente a garantizar la cobertura asistencial urgente, lo que comporta una orientación más específica de las actividades profesionales que pueden llevarse a cabo en dicho contexto”.

3.- MANTIENE LA OBLIGATORIEDAD DE LA JORNADA MÁXIMA DEL FACULTATIVO POR ENCIMA DE LA DEL RESTO DE LOS TRABAJADORES, CON UN LEVE MAQUILLAJE

La nueva regulación apenas modifica la situación actual. Las 48 horas semanales en promedio semestral pasan a 45 en promedio cuatrimestral, permitiendo semanas de 60–70 horas con carácter obligatorio sin violar la norma, como viene siendo habitual en los últimos 22 años.

Artículo 84

“La duración máxima conjunta de los tiempos de trabajo correspondientes a la jornada de guardia y a la jornada ordinaria será de 45 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo cuatrimestral, salvo que mediante acuerdo, pacto o convenio colectivo se establezca otro cómputo”.

4.- INTRODUCE EL CONCEPTO DE “CARGA HORARIA EXCESIVA” COMO UNA ETIQUETA SIN EFECTOS REALES

En los artículos 78 y 98 se define como carga horaria excesiva “la situación en la que el personal estatutario realiza, de forma continuada o reiterada, una jornada efectiva que supera los límites máximos de tiempo de trabajo establecidos legalmente, incluyendo tanto la jornada ordinaria como las guardias u otras modalidades de prestación de servicios. También se considera carga horaria excesiva la derivada de una planificación inadecuada de turnos o guardias”.

En el caso del personal que realice guardias, se considera carga excesiva “la realización de más de cinco guardias físicas mensuales, de manera sostenida en el tiempo”, “la asignación de guardias en periodos no equilibrados del calendario, con concentración en fines de semana o festivos, sin una planificación razonable” y la “imposición sistemática de guardias adicionales por ausencia de cobertura estructural, que suponga una sobrecarga no prevista ni voluntaria”.

Sin embargo, como solución solo se prevén medidas “cosméticas”:

a) Informes de la unidad de prevención de riesgos laborales

b) Planificación de recursos humanos y modificación de la programación funcional

c) Información a los profesionales de la unidad correspondiente y delegados de prevención

d) Posibilidad de influir en la acreditación y en las auditorías que se realicen

e) En el caso de incumplimiento reiterado de estas recomendaciones, información al Foro Profesional que establece el artículo 47 de la Ley 44/2003 y a las
organizaciones sindicales.

En definitiva, no hay límites reales, ni compensaciones, ni acciones obligatorias: un diagnóstico sin tratamiento.

5.- EL DESCANSO DIARIO DE 12 HORAS ES OBLIGATORIO… PERO SOLO SI EL FACULTATIVO EJERCE EN LA SANIDAD PRIVADA

La Administración puede saltarse el descanso de 12 horas para cambios de turno o turnos encadenados.

Pero el profesional no puede hacerlo si realiza actividad fuera del SNS (compatibilidad).

Este doble rasero es inadmisible.

Artículo 87. Descanso diario.

1. El personal tendrá derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 12 horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente.

2. El descanso entre jornadas de trabajo previsto en el apartado anterior se reducirá, en los siguientes supuestos:
a) En el caso de trabajo a turnos, cuando el personal cambie de equipo y no pueda disfrutar del período de descanso diario entre el final de la jornada de un equipo y el comienzo de la jornada del siguiente.
b) Cuando se sucedan, en un intervalo inferior a 12 horas, tiempos de trabajo correspondientes a a los diferentes tipos de jornada.

3. En los supuestos previstos en el apartado anterior, será de aplicación el régimen de compensación por medio de descansos alternativos establecidos en el artículo 88.

4. Los descansos establecidos en este artículo también son de aplicación a quienes bajo las condiciones de compatibilidad autorizadas, ejerzan su actividad fuera de los servicios de salud públicos. Su cumplimiento será preceptivo a la hora de otorgar el reconocimiento o autorización de la compatibilidad para garantizar la conciliación de los trabajadores, la seguridad del paciente y la calidad asistencial.

6.- LAS GUARDIAS LOCALIZADAS SIGUEN IGUAL QUE EN 2003, Y SIGUEN SIENDO EL COMODÍN DE LA ADMINISTRACIÓN PARA GARANTIZAR LA ASISTENCIA CON PLANTILLAS INFRADOTADAS.

a) Solo se considera tiempo de trabajo efectivo el de intervención y desplazamiento.

b) No se regula su retribución.

c) No hay límites en número de guardias máximo exigible.

d) No se clarifica las condiciones de presión asistencial para que la guardia localizada pase obligatoriamente a ser considerada presencial con todos sus derechos.

Todo sigue como hace 22 años. Las CCAA siguen con carta blanca para poder utilizar este comodín para cubrir servicios con plantillas insuficientes. Tenemos el ejemplo más flagrante en INGESA.

Artículo 100. Periodo de localización.

1. Los servicios de salud establecerán las características del período de localización, así como las circunstancias en las que dicho período se asimila a la jornada de guardia regulada en este capítulo, en lo relativo a retribuciones y descansos. No podrán establecerse períodos de localización cuya duración o frecuencia supongan un riesgo para la seguridad o salud del personal, de conformidad con la normativa de prevención de riesgos laborales.

Las comunidades autónomas deberán determinar el plazo mínimo en que debe producirse la intervención del trabajador una vez requerido, en función de la naturaleza de las funciones a desempeñar y las características organizativas del servicio.

2. La regulación de este período, así como los límites en cuanto al número máximo de jornadas de localización a realizar, serán objeto de negociación en las correspondientes mesas sectoriales.

3. En cada unidad se deberá realizar un análisis periódico del volumen y características de las activaciones efectuadas durante los períodos de localización, a fin de verificar su adecuación a los criterios establecidos en la normativa aplicable.

7.- NOMBRAMIENTOS TEMPORALES A TIEMPO PARCIAL SIN GARANTÍAS CLARAS

Se establece que podrán hacerse nombramientos temporales a tiempo parcial, especificando porcentaje, días y horario.

Sin una regulación firme, puede usarse para precarizar aún más al personal temporal.

Artículo 85. Jornada de trabajo a tiempo parcial.

1. Resultarán aplicables al personal estatutario los supuestos de reducciones de jornada establecidas para los funcionarios públicos en las normas aplicables en la correspondiente comunidad autónoma, para la conciliación de la vida familiar y laboral, su concesión estará condicionada a que se garantice el adecuado funcionamiento del servicio público esencial.

2. Para dar cobertura a los supuestos de reducción de jornada o exención de turnos nocturnos o jornada de guardia, se podrán expedir nombramientos de personal estatutario temporal, para la prestación de servicios a dedicación parcial, en el porcentaje, días y horario que, en cada caso y atendiendo a las circunstancias organizativas, funcionales y asistenciales, se determine.

3. Cuando se trate de nombramientos de dedicación parcial, se indicará expresamente tal circunstancia en los correspondientes procedimientos de selección de personal temporal.

CONCLUSIONES

Este nuevo borrador incluye algunos avances puntuales, introducidos con el objeto de contentar al Comité de Huelga, como la retribución de la guardia como hora ordinaria, la disminución de su duración y el cómputo del tiempo de descanso a efectos de jornada.

Sin embargo, se trata de avances limitados y puramente cosméticos. Las guardias obligatorias y las de 24 horas no desaparecen y el tiempo de descanso debería computar como tiempo efectivamente trabajado, y no es así.

Las negociaciones del Comité de Huelga también han producido avances en el reconocimiento del tiempo dedicado a formación continuada, gestión, docencia o investigación como jornada laboral efectiva, o la desaparición de la obligación de los especialistas de trabajar en exclusiva para el SNS.

Pero no debemos engañarnos: estos cambios son muy insuficientes.

El modelo de jornada ordinaria+jornada complementaria (guardias) se mantiene intacto. No hay un reconocimiento pleno del exceso de jornada como factor de sobrecarga laboral sometido a criterios de voluntariedad. No hay limitación real de las cargas horarias, ni garantías de descanso y conciliación para los facultativos, ni compensaciones justas.

Gracias a LAS MOVILIZACIONES DEL COLECTIVO, a la negociación firme de CESM y SMA y al impacto de la huelga médica del 13 de junio, se han logrado ligeros avances, pero no se ha transformado el modelo.

Además, ninguno de los objetivos de la huelga convocada el 25 de febrero se ha conseguido. Por ello, mantenemos la convocatoria de huelga en toda su extensión y seguiremos movilizándonos.

Por otra parte, el desarrollo de la negociación en la mesa del Ámbito ha puesto de manifiesto que la regulación de nuestra actividad se negocia en mesas en las que estamos infrarrepresentados.

Los médicos exigimos una jornada ÚNICA, como cualquier trabajador de este país, donde cada minuto trabajado sea computado en dicha jornada, y todo lo que exceda de esa jornada debe ser voluntario y retribuido por encima del valor de jornada, además de computable a efectos de jubilación.

Por todo ello, sin renunciar a los avances producidos gracias a la presión de nuestro colectivo, anunciamos que nuestras movilizaciones seguirán adelante hasta conseguir un ESTATUTO PROPIO DE LA PROFESIÓN MÉDICA Y FACULTATIVA, así como UN ÁMBITO ESPECÍFICO DE NEGOCIACIÓN con una primera jornada de huelga médica nacional para el día 3 de octubre.

Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM)
Sindicato Médico Andaluz (SMA)

EL PARTIDO INFINITO (y otras formas creativas de no hacer nada)

2025-07-11T10:29:13+01:00julio 11th, 2025|Noticias, Opina con CESM-CV|

Rafael Pérez Trullás.

Facultativo Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.
Delegado Sindical de CESM-CV.

En algún lugar entre el Ministerio y las consejerías de Sanidad, se disputa el partido más largo de la historia. No es fútbol, aunque hay un balón que va de un lado a otro. No hay goles, ni árbitros, ni nadie que quiera coger el esférico con las manos. Porque, sorpresa: quema.

El balón en cuestión no es redondo, sino más bien una mezcla de contratos precarios, guardias interminables, plantillas bajo mínimos y médicos que huyen a Francia o Alemania como si buscar un futuro digno fuera un acto exótico. Una especie de «Fuga de cerebros: la Liga».

– «La competencia es autonómica» -dicen desde el Estado, mientras colocan la pica en Flandes y el balón en Murcia (o en Alicante).

– «Necesitamos financiación y coordinación nacional» -responden desde las autonomías, mandando el balón a Madrid con una nota que dice: «Urgente. Tratar después del verano».

Mientras tanto, en las gradas (si es que quedan), los médicos miran cómo la pelota gira. Algunos ya ni miran: hacen las maletas, actualizan su CV en inglés, francés o alemán y se marchan. No por gusto, sino porque aquí se les trata como si fueran recambios del almacén. En un país que se llena la boca con «sanidad pública y universal» mientras deja a sus profesionales sin aire para respirar.

Y así flotan en el aire miles de notas:

«Falta personal en urgencias», «Necesitamos más médicos de familia», «Guardias de 24 horas sin libranza», «Formamos a los mejores para que se los lleve otro país».

Los papeles siguen volando. A veces se pegan en los cristales del ministerio. Otras acaban en los parabrisas de los coches oficiales de las consejerías. Pero nadie los recoge. No es que no los vean. Es que no quieren tocarlos. No sea que el problema venga con el sobre abierto y sin remitente.

Mientras tanto, seguimos en el partido. El balón va, viene, arde, y nadie lo coge. Los médicos se agotan, los pacientes esperan y desesperan, y el sistema se oxida mientras los de arriba (sean de la afinidad política que sean) se aplauden por «haber abierto mesas de diálogo» o «creado comisiones de estudio». Un monumento al eufemismo burocrático.

Y así, entre pases largos y papeles al viento, seguimos creyendo que alguien, en algún momento, asumirá que sin médicos no hay sistema. Que sin condiciones dignas no hay vocación que aguante. Que no se puede sostener la sanidad pública sobre los hombros encorvados de quienes la hacen posible.

Porque al final, cuando el balón deje de rodar y los papeles toquen el suelo, puede que ya no quede nadie dispuesto a jugar, ni nadie que quiera recoger lo que el viento no se llevó.

Carta solicitud de instrucciones sobre el pago del Incremento retributivo del 0,5% vinculado a la evolución del IPCA previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024

2025-07-08T11:43:06+01:00julio 8th, 2025|Noticias|

VIII Congreso de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana – 18 y 19 de septiembre

2025-07-08T09:12:31+01:00julio 8th, 2025|Noticias|

Os presentamos el programa del VIII Congreso de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana, que este año se celebra en el Palacio de Congreso del Colegio de Médicos de Alicante los días 18 y 19 de septiembre, y analizará los derechos, retos y amenazas de la Salud en la era digital, junto a otros asuntos de candente actualidad.

Contará con la participación de las máximas autoridades locales, autonómicas y nacionales en los actos de apertura y clausura, y con más de 40 expertos que participarán en 8 mesas de debate:

1. La Ley ELA en España: objetivos y principales retos

2. Presente y futuro de los planes de Salud Mental y su impacto en los profesionales sanitarios

3. Situación laboral de los Médicos en España. Derecho comparado

4. Publicidad engañosa de productos sanitarios. Pseudoterapias: un riesgo para la salud en aumento

5. Envejecimiento y salud digital: adaptación de las normas sanitarias a los retos de nuestro tiempo.

6. Métodos alternativos de solución de controversias sanitarias

7. La violencia en el sector de la salud: prevención, aspectos educativos y legislación

8. Sanidad y emergencias: necesidad de un marco legal actualizado. Protocolos y coordinación

Podéis acceder a la información del VIII Congreso de Derecho Sanitario ingresando en el siguiente enlace: https://2025.congresoadscv.com/

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